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El CGAE insiste a Economía en que le autorice la puesta en marcha de la creación de su Órgano de Prevención de Blanqueo

El Consejo organiza sus novenas jornadas en Málaga para analizar el futuro Reglamento sobre blanqueo y la puesta en marcha de la AMLA

En las jornadas han participado: la viceconsejera de Justicia de la Junta de Andalucía, Ana María Corredera; la presidenta del CGAE, Victoria Ortega; el decano de la Abogacía de Málaga, Salvador González; y Jesús Pellón, presidente de la sección de blanqueo del CGAE (Imagen: Ilustre Colegio de Abogados de Málaga)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 9 min

Publicado




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El CGAE insiste a Economía en que le autorice la puesta en marcha de la creación de su Órgano de Prevención de Blanqueo

El Consejo organiza sus novenas jornadas en Málaga para analizar el futuro Reglamento sobre blanqueo y la puesta en marcha de la AMLA

En las jornadas han participado: la viceconsejera de Justicia de la Junta de Andalucía, Ana María Corredera; la presidenta del CGAE, Victoria Ortega; el decano de la Abogacía de Málaga, Salvador González; y Jesús Pellón, presidente de la sección de blanqueo del CGAE (Imagen: Ilustre Colegio de Abogados de Málaga)



La abogacía institucional desde los Colegios de Abogados y la Sección de Prevención de Blanqueo del CGAE forma a los más de 200.000 abogados en activo en nuestro país en materia de prevención de blanqueo de capitales.

Desde hace unos años tiene su Órgano de Prevención de Blanqueo a la espera de que una Orden Ministerial de Economía autorice su puesta en marcha, como hiciera con el organismo de notarios y registradores. Este fue uno de los temas que se abordó en las novenas jornada anuales de esta Sección celebradas en el Colegio de Abogados de Málaga.



Los expertos que acudieron al evento fueron Jesús Pellón, presidente del OPBA; Nielson Sánchez-Stewart, consejero del Consejo General de la Abogacía Española; Antonio Fuentes, subdirector general del Notariado y de los Registros del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; Eva María Poptcheva, eurodiputada en el Parlamento Europeo; y José Javier Polo, fiscal coordinador de Delitos Económicos de la Audiencia Nacional.

Junto a ellos participaron Mariano García, representante del Consejo General del Notariado y de los Registros del OPBA; Rosario Jiménez, representante del Consejo General de Registradores; Jorge Manrique de Lara, coordinador de la Sección de Prevención Blanqueo de Capitales del Colegio de la Abogacía de Málaga; Adriana de Buerba, socia del área de Derecho Penal Económico e Investigaciones de Pérez-Llorca; Manuel Vélez, socio de Uría Menéndez; y Jaime Aneiros, profesor titular de Derecho Financiero y Tributario.

La importancia del Registro de Titularidades Reales

Para Jesús Pellón, presidente de la Sección de Prevención de Blanqueo del CGAE y del Órgano de Prevención de la Abogacía, “hemos tratado los temas de mayor actualidad, con algunos ponentes destacados como ha sido el caso de Julián Sánchez, magistrado de la Sala Segunda del Supremo, profesionales de la abogacía, SEPBLAC y Ministerio de Economía. Uno de los temas claves ha sido hablar del Registro de Titularidades Reales, con la ponencia de su responsable. Es una herramienta de uso online, ya en marcha para conocer quién está detrás de determinadas operaciones societarias”.



Para este experto “esta iniciativa, que depende de la Dirección General de Fe Publica del Ministerio de Justicia, une las bases de datos de notarios y registradores a otras propias del Ministerio. El acceso está restringido a los sujetos obligados y a las autoridades como jueces y fiscales y fuerzas de seguridad. Ese registro está arrancando. Creemos que el Ministerio ha hecho un esfuerzo grande para crearlo y ahora lo que necesita es más personal para que no se bloquee. Lo que queremos ahora es que esta nueva obligación legal sea gratuita y no nos genere ningún otro coste”.

Sobre la ponencia del magistrado de la Sala Penal del Supremo, Pellón incide en que “explica las últimas sentencias de la Sala. Esta es una materia que evoluciona bastante. La capacidad de los delincuentes es mayor que la de las fuerzas de seguridad y la legislación. En una de las últimas sentencia se dice que para que haya blanqueo debe haber un capital suficiente y que 800 euros no es un capital suficiente. El trabajo de esta Sala es importante para orientar a los sujetos obligados y empresas relacionadas con esta actividad”.

Julián Sánchez, magistrado del Supremo, con Jesús Pellón, analizando la jurisprudencia de la Sala en materia de blanqueo (Imagen: Ilustre Colegio de Abogados de Málaga)

En estas jornadas también se ha hablado de la AMLA y del futuro Reglamento Europeo de Prevención de Blanqueo de Capitales. Este experto señala que “hemos perdido una gran oportunidad de gestionar esta Agencia Europea. Teníamos la mejor candidatura porque España es un país puntero en materia de prevención del blanqueo. Frankfurt lo va a gestionar, pero por el momento no tiene ni sede para ponerla en marcha. Funciona como un SEPBLAC europeo inspeccionando solo a unas cuarenta entidades financieras de la UE que tengan representación en más de seis países de la UE y a los propios supervisores europeos de cada país”.

Pellón recuerda que la intervención de la eurodiputada Eva Potcheva ha servido para conocer las líneas básicas del nuevo Reglamento, el primero que se aprueba, y de la nueva directiva que se van a aprobar en breve: “El Reglamento se aprobara en apenas dos meses. Ahora se está ultimando la terminología que se va a emplear. Antes de las elecciones europeas estará aprobado realmente. El Reglamento es una norma europea de aplicación directa para todos los Estados y entrará en vigor cuando se diga al mismo tiempo. Eso ayudará a homogeneizar la legislación en materna antiblanqueo”.

Otro tema que se abordó fue la situación actual del Órgano Centralizado de Prevención de la Abogacía: “Lo acabamos de crear. Notarios y registradores ya lo pusieron en marcha antes de que se aprobase, es lo que hemos hecho. No hemos podido meternos en grandes inversiones. Desde el 2005, que el CGAE adoptó el acuerdo de su creación, llevamos pidiendo que se ponga en marcha. Necesitamos una Orden Ministerial de Economía para que realmente pueda activarse”.

Ahora lo que hacemos es funcionar como órgano de consulta de nuestros compañeros para explicarles lo que tienen que hacer a nivel de prevención de blanqueo “para que realicen las labores de cumplimiento que marca la ley. Para eso organizamos distintos programas formativos de cara a resolver las dudas que puedan tener en esta materia. Por lo que estamos viendo lo que más preocupa a nuestros compañeros es que les puedan engañar con una operación financiera en concreta. Es importante que nos consulten para evitar que pueden ser imputados en delitos de blanqueo”.

Hubo una asistencia notable a estas jornadas de profesionales relacionados con la prevención del blanqueo. (Imagen: Ilustre Colegio de Abogados de Málaga)

El Reglamento Europeo es necesario

Francisco Bonatti, presidente de INBLAC y socio director de Bonatti Compliance, explica que “una de las mesas más interesantes de estas jornadas fue sobre el Reglamento europeo de prevención del blanqueo a punto de aprobarse que hará cambiar de forma sustancial el modelo europeo de prevención del blanqueo, lo que se intenta es resolver las debilidades que tenía el sistema hasta ahora, que eran muchas”.

A su juicio “el modelo parte por crear una entidad supervisora fuerte como es el AMLA, a la que optó Madrid, que va a tener un foco de supervisión sobre los cuarenta grupos empresariales mas relevantes a nivel de prevención de blanqueo, eso los va a supervisar directamente pero también hará la función de supervisar a todas las autoridades de supervisión de cada país, con lo cual se homogeneizarán los criterios de supervisión en toda Europa”.

El Reglamento lo tendrán que aplicar todos los sujetos obligados de Europa y todas las entidades reguladoras. “Se han incorporado como sujetos obligados los agentes FIFA y los clubes de fútbol. A estos ya les afectaba la última reforma del Código Penal, que no estaban tan a la intemperie como antes. Es posible que este Reglamento modifique la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo. Al mismo tiempo se va a aprobar una directiva para regular en cada país el registro de titularidades reales y otras cuestiones”.

Otra cosa que hará el AMLA será la de emitir directrices y notas interpretativas tanto del Reglamento como del sistema de prevención de blanqueo europeo.  Hará una función como la que hace la EBA en el ámbito bancario europeo. Es el softlaw famoso que ayuda mucho a la lucha contra el blanqueo de capitales. Se trata de que sujetos obligados y entidades de supervisión apliquen de forma uniformada la ley para evitar agujeros en la legislación por donde se pueden colar las tramas de blanqueo”.

Para Bonatti, el Registro de Titularidades Reales es complejo: “Se nutre de información de otros registros y eso le hace complejo.  Todavía se puede mejorar. Al sujeto obligado solo se le dará el dato de quien es el titular real en ese momento que pide la información. Igual podría ser bueno que le dieran el trazado de toda esa titularidad. Habrá que ver la evolución del registro. Acaba de ponerse en marcha. Es posible que en los próximos vaya cambiando y dé más prestaciones a los sujetos obligados y a las propias autoridades policiales”.

En cuanto al Órgano de Prevención de la Abogacía “se ha creado al final la entidad, como en su día hicieron los Notarios, que luego vieron como fue reconocido por el Ministerio de Economía. Nosotros hemos hecho lo mismo y ya funciona como elemento consultivo para la abogacía en materia de prevención del blanqueo. Falta su reconocimiento legal a través de una Orden Ministerial pero su trabajo es clave. Ahora que se va a aprobar dicho Reglamento Europeo esperemos que pueda entrar en funcionamiento”.

En la actualidad el abogado, como sujeto obligado, “comunica esa operación sospechosa al SEPBLAC, no se puede hacer al OCA como hacen ahora notarios y registradores con su propio organismo, pero con el órgano se puede resolver cualquier duda para proteger el secreto profesional y la autorregulación del abogado. El que quiera tiene un recurso que está muy bien para resolver este tipo de dudas sobre operaciones que pueden encubrir situaciones fraudulentas”.

La Mesa sobre el Registro de Titularidades Reales, conformada por Rosario Jiménez, representante del Consejo General de Registradores de España; Antonio Fuentes, subdirector general del Notariado y de los Registros del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; Jesús Pellón; y Mariano García , representante del Consejo General del Notariado del Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales. (Imagen: Ilustre Colegio de Abogados de Málaga)

Necesidad de normativa más clara

Para Santiago Milans del Bosch, abogado especialista en temas de blanqueo y miembro también de esta Sección del CGAE y del citado Órgano de Prevención del Blanqueo: “Hemos celebrado la novena jornada donde han participado todos loa agentes, tanto estatales como jurídicos, en materia de prevención del blanqueo. Ha sido muy interesante escuchar a Julián Sánchez, magistrado del Supremo, porque ha hablado del tipo de blanqueo blanco que necesita de más concreción y que no puede convertirse en un tipo de sospecha por enriquecimiento ilícito porque no costa su origen. Es fundamental saber ese origen”.

Otra cuestión que señaló este magistrado es que la jurisprudencia de la Sala va evolucionando a medida que cambia el tipo de blanqueo de capitales, donde desde el 2010 ya se habla del autoblanqueo: “El Supremo ha introducido el principio de la no significancia, que se trata de la transformación de cantidades de capital que no son 800 euros. Este principio es un nuevo tipo que sustituye al de la receptación que trata a nivel mundial de perseguir los beneficios del narcotráfico, sobre todo, pero ello implica no acusar por blanqueo cuando la cantidad no es significativa. Al mismo tiempo la actividad delictiva previa debe estar acreditada aunque no exista sentencia. Y si realmente se genera un delito fiscal esa cuota debe ser superior a los 120.000 euros”.

Este jurista cree que durante esos dos días “los debates han sido intensos y se ha optado por el formato de mesa redonda donde todos han participado y hemos podido trabajar en los grandes temas. Así se abordó la problemática del Registro de Titularidades Reales, el cual es una herramienta importante que obligará a los sujetos obligados a dar cierta información. Precisamente por eso es importante que se les dote de los medios adecuados para un mejor funcionamiento de esta entidad. Debe ser de acceso gratuito para los abogados que ya tenemos muchas obligaciones legales en marcha”.

Para este experto “ha sido una pena que Madrid no se haya llevado la organización y gestión de la Agencia Europea Antiblanqueo (AMLA). Creo que no se ha trabajado bien por parte del Gobierno. Nos hemos conformado con una obra que se ha hecho cercana a la Oficina Mundial de Turismo. Una gran oportunidad pérdida. Ahora le pedimos al Gobierno que saque del cajón la Orden Ministerial que permita que nuestro Órgano de Prevención contra el Blanqueo de Capitales se pueda poner en marcha. Llevamos muchos años con dicha reclamación y es muy necesaria”.

El abogado Santiago Milans del Bosch, es miembro de la Sección del CGAE de blanqueo y de su Órgano de prevención. (Imagen: Ilustre Colegio de Abogados de Málaga)

Desde su punto de vista “es fundamental el funcionamiento de este organismo como filtro que exima de responsabilidad a los abogados y proteja nuestro secreto profesional, clave de la relación de los abogados con los clientes que se basa en la confianza. Debe funcionar de la misma manera que ya está operativo su órgano específico para notarios y registradores. Nosotros hemos hecho lo que han hecho ellos, ponerlo en marcha para que se pueda autorizar lo antes posible porque es una necesidad para nuestro colectivo. La propia África Pinillos del SEPBLAC y otros expertos se han manifestado a favor”.

En cuanto al Reglamento europeo que se va a aprobar, afirma que “es una herramienta importante, es el primero que se aprueba donde recoge de una manera refundida todo el elenco de obligaciones y de diligencia debida. Será de aplicación directa y de forma igual para todos los países de la UE. Eso va a crear uniformidad y evitará que en esos países que tienen sus leyes de antiblanqueo haya obligaciones distintas y exigencias diferencias. El delito del blanqueo de capitales por imprudencia se regula en España, pero no en otras países. Tendrá un elemento unificador importante y será clave para el abogado como sujeto obligado en determinadas cuestiones”.

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