El Constitucional abre la vía a reclamar una indemnización al Estado por la lentitud de la Justicia
Destaca que esta acción será "pertinente y útil" sin necesidad de plantear un recurso de amparo ante este propio tribunal
(Imagen: Poder Judicial)
El Constitucional abre la vía a reclamar una indemnización al Estado por la lentitud de la Justicia
Destaca que esta acción será "pertinente y útil" sin necesidad de plantear un recurso de amparo ante este propio tribunal
(Imagen: Poder Judicial)
El Tribunal Constitucional (TC) ha amparado a una mujer que recurrió la denegación de la Renta activa de inserción (RAI) y su pleito se señaló a tres años y medio vista. Un caso que ha llevado el abogado sevillano Daniel Sánchez Bernal, conocido por su lucha contra la justicia tardía, que fue quien ganó la importante sentencia del 10 de octubre de 2022 que dictaminó que la lentitud de la Justicia vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva.
En esta nueva sentencia, dictada el pasado 4 de noviembre y ponencia de la magistrada Concepción Espéjelo Jorquera, el Tribunal Constitucional reconoce por primera vez que todos los afectados por los señalamientos tardíos pueden solicitar una indemnización al Estado por el mal funcionamiento de la Justicia.
Según explica, «en casos como el presente, en el que la dilación se produce por causas estructurales, sin responsabilidad personal del titular del órgano judicial, los efectos limitados de las sentencias de este Tribunal para reparar la lesión del derecho fundamental a no padecer dilaciones indebidas, puede verse contrarrestada por la correspondiente indemnización por un funcionamiento anormal de la administración de justicia, acción que será pertinente y útil, incluso, sin necesidad de plantear un recurso de amparo que, en caso de estimación, tendrá efectos meramente declarativos».
«Es una sentencia pionera, porque deja bien claro que se puede solicitar la indemnización sin necesidad de acudir al Tribunal Constitucional», declara a Economist & Jurist el abogado del caso, quien celebra «esta gran sentencia, con la que van a llover reclamaciones patrimoniales contra el Estado por la lentitud de la Justicia».
«A ver si así dota de más medios humanos y materiales a los órganos judiciales. No olvidemos que ya se están señalando juicios en los Juzgados de lo Social para 2029, lo que afecta gravemente a los justificables, los más perjudicados por la justicia tardía», señala.
El caso analizado es el de «una sevillana, de unos cuarenta años, que en mayo de 2022 presentó demanda ante la Justicia contra la denegación de la Renta activa de inserción que había solicitado a la Seguridad Social, pese a cumplir los requisitos para acogerse a ella».
El pleito recayó en el Juzgado de lo Social número 8 de Sevilla, que señaló el juicio para nada menos que el 22 de octubre de 2025, eso es tres años y medio vista. «Entonces, se recurrió este señalamiento hasta llegar al tribunal de garantías, que tras más de un año y medio, por fin ha resuelto, dando la razón a la justiciable», precisa Sánchez Bernal. Según informa, esperaba la estimación del recurso de amparo, «porque la Fiscalía informó favorablemente», lo que no esperaba «era que el Tribunal Constitucional nos abriera las puertas de par en par para reclamarle al Estado».
Este abogado destaca que esta sentencia «también es muy importante porque, a la vista de la lentitud del Tribunal Constitucional en resolver los recursos de amparo, podemos evitar acudir a él e irnos directamente a reclamar la indemnización a la vía Contencioso-Admnistrativa, ahorrando al justiciable tiempo, angustia y dinero».
«Este caso no es aislado, sino que muchos ciudadanos se ven abocados a solicitar subsidios, y si se los deniegan, se ven obligados a esperar tres años y medio a que se les oiga, lo que es un auténtico despropósito. No olvidemos que a todos nos puede pasar algún día», sentencia.
La sentencia, de 15 páginas y notificada este lunes, la firma la Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por los magistrados Cándido Conde- Pumpido Tourón (presidente), Ricardo Enríquez Sancho, Concepción Espejel Jorquera (ponente), María Luisa Segoviano Astaburuaga, Juan Carlos Campo Moreno y José María Macías Castaño. La tiene disponible en el botón ‘Descargar resolución’.
Precisamente, el pasado jueves, 7 de noviembre, hubo una concentración de operadores jurídicos ante el edificio de los juzgados de lo social de Sevilla –edificio Noga– denunciando «la excesiva carga de trabajo que soportan y que impide resolver en un plazo más razonable de tiempo».
Según informó el sindicato SPJ-USO, «en Sevilla, los juzgados de lo social soportan una carga de trabajo que excede de media el 185% de los módulos de carga de trabajo, según datos del CGPJ, a lo que se suma el deficiente diseño e implantación de la aplicación @driano, que incide directamente en un aumento del atraso en la tramitación de asuntos». «Para más inri, ante esta situación no se prevén planes de refuerzo que ayuden a agilizar los órganos judiciales», critica el sindicato.