El Constitucional considera que un señalamiento a tres años vista no viola ningún derecho fundamental
Providencia de inadmisión
El Constitucional considera que un señalamiento a tres años vista no viola ningún derecho fundamental
Providencia de inadmisión
El Tribunal Constitucional ha inadmitido un recurso de amparo interpuesto por el abogado de una persona a la que señalaron un juicio por un caso de despido para a tres años vista. Según los magistrados, la situación no supone la vulneración de ningún derecho fundamental.
“Dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo, condición que el artículo 44.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para dicha tutela”, la sala ha inadmitido el recurso, se puede leer en la providencia que ha recibido el abogado, Daniel Sánchez.
Ahora, el Ministerio Fiscal puede formular un recurso de súplica, en el plazo de tres días (artículo 50 LOTC) para que el TC reconsidere su decisión. Si no se presenta o el tribunal mantiene su criterio, Sánchez ya ha tomado una decisión: acudirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos para que decida sobre el fondo de la cuestión y califique la decisión del Constitucional.
...