El Constitucional lleva un año incumpliendo la sentencia del TEDH que condenó a España por vulnerar los derechos civiles de seis jueces candidatos al CGPJ
“Estamos sufriendo una anomalía democrática sin precedentes “afirma Sergio Oliva, portavoz nacional de la AJFV
(Imagen: Tribunal Constitucional)
El Constitucional lleva un año incumpliendo la sentencia del TEDH que condenó a España por vulnerar los derechos civiles de seis jueces candidatos al CGPJ
“Estamos sufriendo una anomalía democrática sin precedentes “afirma Sergio Oliva, portavoz nacional de la AJFV
(Imagen: Tribunal Constitucional)
De nuevo el Tribunal Constitucional está en el medio de la polémica. Si hace algunos días era plena actualidad por anular parcialmente la sentencia de prevaricación a la exdirigente socialista Magdalena Álvarez por el tema de los ERES de Andalucía, asunto en el que Economist & Jurist daba a conocer el contundente voto particular de los magistrados Enríquez, Arnaldo y Espejel en contra de este fallo; este lunes la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) ha denunciado la falta de proactividad del Tribunal de Garantías para cumplir una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en un tema que implicaba a varios asociados suyos.
Desde esta asociación judicial se informaba que el Tribunal Constitucional lleva un año incumpliendo la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que condenó a España por vulnerar los derechos civiles de seis jueces asociados que son candidatos a vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) desde el año 2018.
El sábado 22 de junio se cumplió el plazo de un año desde el fallo de Estrasburgo sin que el Tribunal Constitucional haya dado cumplimiento a esta sentencia, que adquirió firmeza el pasado septiembre. Tampoco ha respondido a la demanda de ejecución de esta sentencia presentada por la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y los seis magistrados afectados en noviembre de 2023.
“La anomalía democrática sin precedentes que estamos padeciendo con la no renovación del CGPJ está vulnerando los derechos civiles de los seis candidatos”, afirma Sergio Oliva, portavoz nacional de la AJFV, “las evidencias de que estamos ante un sistema fracasado son palmarias”.
En ese fallo de casi sesenta páginas, el TEDH condenó a España porque el Tribunal Constitucional rechazó la tramitación en el 2021 del recurso de amparo de estos seis magistrados sin justificar los motivos de tal decisión, lo que atentó contra su derecho a la tutela judicial efectiva. Estrasburgo también estableció que los seis candidatos a vocales del CGPJ “tenían derecho” a que sus candidaturas fueran estudiadas por el Congreso y el Senado de forma oportuna.
Por el momento, ni el Constitucional ha resuelto sobre el recurso de amparo de los seis magistrados, cuyo rechazo supuso la vulneración de sus derechos, ni las Cortes Generales han votado el listado de candidatos que fue remitido en por el CGPJ en 2018.
Fuentes jurídicas consultadas por este medio creen que las opciones que quedan a esta asociación son escasas en el derecho interno español “es muy difícil que algún órgano jurisdiccional pueda imponer al TC que rectifique una decisión de admisión a trate de un recurso de amparo. Lo más efectivo es ir al comité de ministros del Consejo de Europa para que haga una declaración de incumplimiento de la sentencia por el TC y llevar el tema a la opinión publica como medidas más efectivas”, comentan.
Inacción inaceptable
“Resulta absolutamente inaceptable que los Presidentes del Congreso y del Senado lleven más de cinco años omitiendo de forma flagrante el ejercicio de sus funciones al no convocar los plenos para renovar el CGPJ”, apunta Oliva.
«Cada día que pasa sin que los presidentes del Congreso y del Senado convoquen los plenos para renovar el CGPJ, es un día más en el que se vulneran los derechos fundamentales de los candidatos”. “Resulta inaceptable cómo los partidos políticos han secuestrado el órgano de gobierno de los Jueces. Estamos ante un inasumible deterioro institucional que perjudica el funcionamiento del Poder Judicial y contraviene los valores fundamentales de la Unión Europea», sostiene Sergio Oliva, portavoz de AJFV, la segunda asociación judicial de España por número de asociados.
Al mismo tiempo indica que “los parlamentarios están atados de pies y manos por los partidos políticos”. Cuatro años desde la petición de amparo ante la inacción de las Cortes La AJFV presentó un recurso de amparo constitucional en 2020 porque las Cortes Generales llevaban entonces dos años sin convocar pleno para proceder al nombramiento de los vocales de procedencia Judicial, que son 12 de los 20 que integran el órgano constitucional.
De ellos, 6 deben ser nombrados por el Congreso y 6 por el Senado. La sentencia del TEDH adquirió firmeza el pasado septiembre. Ante la pasividad del Tribunal Constitucional para aplicarla, tanto la AJFV como los seis afectados presentaron el pasado noviembre una demanda de ejecución de sentencia ante el TC, que no ha dado respuesta.
“Desgraciadamente, el silencio de nuestro TC contribuye, con su omisión, a que los derechos civiles de los candidatos se sigan vulnerando”, asegura el portavoz de la AJFV. “El TC tiene una oportunidad de oro para realizar una nueva valoración constitucional del actual sistema partitocrático de designación de vocales del CGPJ, conforme a la jurisprudencia europea”.
Desde el Tribunal Constitucional se sabe que el presidente del Tribunal Constitucional (TC), Cándido Conde-Pumpido, encargó el pasado mes de diciembre la elaboración de un informe jurídico sobre la petición de los seis jueces de la AJFV aspirantes al Consejo General del Poder Judicial de que se ejecute la sentencia del TEDH que consideró vulnerados sus derechos civiles por parte del Constitucional.
Según ha podido saber Economist & Jurist la corte de garantías, la Sala Primera del tribunal —presidida por el propio Conde-Pumpido y con una mayoría progresista— estudió dicho informe jurídico el próximo enero. Cabe recordar que dicha Sala inició el estudio de los efectos del fallo del TEDH el pasado julio, pero no llegó a alcanzar decisión alguna a la espera de “una reflexión más profunda”.
Entonces una de las opciones que se barajaba era dejar sin efecto la inadmisión del recurso. Lo que sí tenían claro los magistrados era la necesidad de solicitar informes —tanto a los letrados del TC como al Ministerio Fiscal—, así como que la última palabra la debería tener el Pleno del Constitucional, que reúne a los once magistrados que lo componen actualmente.
Los cinco magistrados que componen la Sala Primera —Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo, María Luisa Segoviano, Ricardo Enríquez y Concepción Espejel— iniciaron sus análisis, pero llegando a la conclusión de que necesitan más tiempo para reflexionar.
Nuevo amparo constitucional en espera de respuesta
La demanda de ejecución interpuesta en noviembre pasado reclama que se declare la nulidad de la providencia de inadmisión del recurso de amparo contra la que se ha pronunció el TEDH, y en su lugar se dicte otra admitiéndolo a trámite. En caso contrario, los recurrentes pidieron un nuevo amparo constitucional en términos similares al recurso presentado el 14 de octubre de 2020.
En ese recurso, los demandantes reiteran la petición de amparo constitucional porque las Cortes Generales no han adoptado ninguna actuación ni medida alguna para continuar con el procedimiento establecido para renovar el CGPJ, a pesar de estar obligadas a renovarlo en plazo, “por lo que no estamos ante un mero retraso o dilación sino ante una verdadera desidia de las Cortes en sus funciones, puesto que han transcurrido cinco años desde la remisión por el CGPJ del listado de candidatos propuestos”, sostiene el recurso interpuesto por dicha asociación judicial junto con los jueces José Antonio Baena Sierra, Rafael Estévez Benito, Mónica García de Yzaguirre, Manuel Jaén Vallejo, Juan Luis Lorenzo Bragado y María Tardón Olmos.
Según explica a E&J desde AJFV, la demanda presentada en noviembre busca un triple fin. Por un lado, atender a la resolución del TEDH “para el efectivo cumplimiento de la misma, esto es, se produzca una resolución por el Tribunal Constitucional que entre a conocer sobre los derechos vulnerados; por otro lado, el reconocimiento del derecho de los candidatos a acceder a los cargos públicos de conformidad con su contenido constitucionalmente declarado y siguiendo los trámites legalmente previstos; y finalmente, el restablecimiento de la integridad de su derecho o libertad con la adopción de las medidas apropiadas para su eficacia”, resalta el escrito presentado ante el TC.