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El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley Orgánica del derecho de defensa

La nueva normativa refuerza la tutela judicial efectiva y busca ampliar derechos fundamentales en el sistema judicial español

Félix Bolaños. (Imagen: Ministerio de Justicia)

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El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley Orgánica del derecho de defensa

La nueva normativa refuerza la tutela judicial efectiva y busca ampliar derechos fundamentales en el sistema judicial español

Félix Bolaños. (Imagen: Ministerio de Justicia)



El Consejo de Ministros ha aprobado, la mañana de este martes, el Proyecto de Ley Orgánica de Derecho de Defensa, propuesto por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Esta normativa, que desarrolla un derecho fundamental consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española, se erige como «pionera en Europa» y busca «garantizar de manera integral el derecho a la tutela judicial efectiva».

Aunque ya en abril del año pasado el Ministerio de Justicia se hizo eco de que habían aprobado dicho proyecto, declarando a través de su página web que con esta ley, “la ciudadanía tendrá mayores garantías de que su derecho de defensa sea interpretado correctamente, democratizando y modernizando más nuestros derechos»; lo cierto es que tan sólo se encontraba en trámite parlamentario —y decayó con la precipitada convocatoria de elecciones generales.



Finalmente, tal y como han anunciado desde el Gobierno a través de rueda de prensa, el proyecto ha visto la luz de la mano del ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, quien sustituyó a Pilar Llop en la cartera de Justicia el pasado mes de noviembre de 2023.



La norma, que establece un régimen de garantías y deberes tanto para ciudadanos y ciudadanas como para los profesionales de la abogacía, surge como respuesta a la necesidad de desarrollar plenamente el artículo 24 de la Constitución Española, «considerando las demandas actuales de la sociedad española».

Desarrollo de la norma



El texto recoge el ámbito de aplicación de la ley y los aspectos esenciales del derecho de defensa. Como novedad, «extiende la garantía de este derecho, más allá de los ámbitos jurisdiccionales, a los medios alternativos de solución de controversias, que comprenden la mediación, el arbitraje y la conciliación». Además, establece que la utilización de medios electrónicos en la actividad de los tribunales y la Administración de Justicia debe ser compatible con el ejercicio efectivo del derecho de defensa.

El núcleo de la normativa aborda el derecho de defensa en sus diversas dimensiones, incluyendo la asistencia jurídica adecuada y de calidad, la libertad de elección y sustitución del profesional de la abogacía, así como el derecho de las personas a ser informadas detalladamente sobre su procedimiento.

El Proyecto establece también que las personas en situaciones de especial vulnerabilidad «podrán disfrutar de asistencia jurídica gratuita», que ya no se limitará únicamente a aquellos que acrediten falta de recursos económicos. Además, se destaca como la primera ley en reconocer el derecho de la ciudadanía a que la Administración de Justicia se dirija a ellos en un «lenguaje claro, sencillo y universalmente accesible».

Finalmente, la normativa también destaca el papel de los Colegios Profesionales de la Abogacía en la supervisión de los deberes deontológicos de los letrados. Asimismo, se hace referencia específica a los profesionales de la abogacía con discapacidad, otorgándoles el derecho a utilizar la asistencia y apoyos necesarios para su desempeño efectivo.

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