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El ICAM pide suprimir la condena en costas por no acudir a la mediación prevista en la nueva Ley de Eficiencia Procesal

Para Eugenio Ribón, decano del Colegio, la medida "incrementa la desigualdad procesal y el coste del acceso a la Justicia"

Eugenio Ribón, decano del ICAM. (Imagen: ICAM)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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El ICAM pide suprimir la condena en costas por no acudir a la mediación prevista en la nueva Ley de Eficiencia Procesal

Para Eugenio Ribón, decano del Colegio, la medida "incrementa la desigualdad procesal y el coste del acceso a la Justicia"

Eugenio Ribón, decano del ICAM. (Imagen: ICAM)



El decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), Eugenio Ribón, ha solicitado que se elimine la condena en costas a aquellos demandantes —por lo civil o lo mercantil— que no promuevan antes de acudir a los tribunales la celebración de un intento de mediación entre las partes litigantes. Una medida que, aunque aún no ha entrado en vigor, sí se encuentra recogida en el Proyecto de Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.

Esta petición —enmarcada en una batería de propuestas de enmiendas que el decano ha presentado la mañana de este lunes, 25 de noviembre, ante el Senado— tiene su fundamento en el hecho de que, para el ICAM, condenar a un demandante a pagar las costas por no haber acudido a ningún mediador o a ningún método alternativo de solución de controversias (MASC) antes de ejercer acciones legales «supone un obstáculo para la tutela judicial efectiva y para los derechos fundamentales de los ciudadanos».



Un punto de vista que Ribón ha dejado claro tras declarar que «imponer costas por no acudir a un MASC no solo desincentiva el legítimo ejercicio de derechos fundamentales, sino que también incrementa la desigualdad procesal y el coste del acceso a la Justicia». En este sentido, ha expresado que desde la entidad «reivindicamos que el uso de estos mecanismos sea una opción voluntaria y no una imposición condicionada a sanciones».



Opinión contraria es la que manifestó hace unos días a este medio de comunicación el presidente de la Asociación Española de Mediación (Asemed), Jesús Lorenzo Aguilar, quien expresó durante la celebración de un webinar que esta medida «podría evitar entorno a 500 o 600 mil procedimientos judiciales», y que la condena en costas tan sólo alentaría a los litigantes a cumplir con la nueva Ley, que lo que busca es acabar con el colapso que vienen sufriendo desde hace años los tribunales.

ICAM. (Imagen: ICAM)



Para el ICAM esta medida es innecesaria y perjudicial

Aunque para el ICAM los mediadores y de los MASC «son efectivos si ambas partes están dispuestas a utilizarlos de manera voluntaria», imponer su participación obligatoria en el transcurso de un conflicto «puede ser contraproducente, generando retrasos y costes adicionales sin asegurar resultados efectivos». Como ejemplo han traído a colación lo sucedido cuando se impuso por Ley la conciliación obligatoria, que tuvo que ser eliminada en 1984, según el Colegio, por su «ineficacia».

La motivación de la propuesta de enmienda presentada por el ICAM se centra en varios aspectos clave, tal y como ha informado el Colegio a través de una nota de prensa. En primer lugar, se señala que dicha medida podría alterar el sistema de costas actualmente vigente. Según el ICAM, el Proyecto de Ley establece que la falta de cumplimiento del requisito de acudir a un MASC como paso previo al litigio implicaría una condena en costas, algo que la institución considera innecesario y perjudicial. Este cambio rompería con el principio de vencimiento objetivo, que ya disuade las pretensiones infundadas al obligar a la parte perdedora a asumir los costos del proceso judicial, sin añadir cargas adicionales.

Además, el ICAM destaca las posibles implicaciones económicas que esta obligatoriedad podría tener para los ciudadanos, especialmente para aquellos con menos recursos. Requerir la intervención de mediadores u otros terceros neutrales antes de iniciar un litigio incrementa los gastos iniciales, lo que puede limitar el acceso a la justicia para las personas más vulnerables.

Otro motivo de preocupación es el impacto negativo que esta medida podría tener en la justicia material. El ICAM argumenta que forzar a las partes a participar en procesos de mediación, incluso en casos donde no existe margen real para la negociación, como en disputas por incumplimientos contractuales, puede retrasar la resolución judicial y frustrar el derecho fundamental de los ciudadanos a obtener una sentencia que resuelva el fondo del conflicto.

Finalmente, el ICAM advierte sobre el riesgo de abusos procesales derivados de esta normativa. Obligar a utilizar los MASC podría abrir la puerta a estrategias dilatorias o tácticas que busquen mejorar posiciones procesales, en especial por parte de entidades con mayor capacidad de negociación, lo que afectaría negativamente a los consumidores y a otras partes más débiles. Esto desvirtuaría la finalidad de los MASC como herramientas para una justicia más rápida y equitativa.