El plazo de prescripción para la reclamación de los gastos hipotecarios empieza a contar desde que adquiere firmeza la declaración de nulidad de la cláusula
No corre ni desde los pagos, ni las sentencias del Supremo, ni desde las del TJUE
Así lo dictamina el Tribunal de Luxemburgo en respuesta a una cuestión prejudicial elevada por el Tribunal Supremo, una sentencia muy esperada por los consumidores y que supone un golpe a la banca. (asunto C-561/21 y 484/21). (Imagen: E&J)
El plazo de prescripción para la reclamación de los gastos hipotecarios empieza a contar desde que adquiere firmeza la declaración de nulidad de la cláusula
No corre ni desde los pagos, ni las sentencias del Supremo, ni desde las del TJUE
Así lo dictamina el Tribunal de Luxemburgo en respuesta a una cuestión prejudicial elevada por el Tribunal Supremo, una sentencia muy esperada por los consumidores y que supone un golpe a la banca. (asunto C-561/21 y 484/21). (Imagen: E&J)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que el plazo de prescripción para la reclamación de los gastos hipotecarios empieza a contar desde que adquiere firmeza la declaración de nulidad de la cláusula. Así lo ha sentenciado en respuesta a una cuestión prejudicial elevada por la Sala de lo Civil de nuestro Tribunal Supremo (asunto C-561/21), sobre la interpretación de los artículos 6 y 7.1 de la Directiva sobre cláusulas abusivas, y a otra planteada por el Juzgado de Primera Instancia número 20 de Barcelona (asunto 484/21).
«Europa zanja la cuestión respondiendo al Tribunal Supremo que los plazos empiezan a correr desde que el consumidor tiene sentencia», ha declarado Patricia Suárez, presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), destacando que supone un «nuevo varapalo» del TJUE «a numerosos jueces y a los propios bancos que se escudaban en sentencias del Supremo u otras resoluciones e incluso acuerdos (como la Audiencia Provincial de Barcelona, aludiendo la constitución de los juzgados especializados) para determinar los plazos de reclamación de gastos». Además, ha informado que en la asociación tienen constancia de Audiencias Provinciales, entre ellas la de Murcia, que están comunicado que unifican criterio a favor del consumidor, en interpretación de la sentencia del TJUE del pasado 25 de enero.
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