El Sindicato Venia denuncia ante la Comisión Europea al Estado español por «intentar boicotear la huelga» del turno de oficio
Afirma que España podría ser sancionada por vulneración del derecho fundamental de huelga de abogados y procuradores
Una de las concentraciones que abogados y procuradores secundaron el pasado 14 de diciembre en toda España reclamando un turno de oficio «digno». En la imagen, la de Madrid, a las puertas de los Juzgados de Plaza de Castilla. En el centro, Belén García, secretaria general del sindicato. (Imagen: Venia)
El Sindicato Venia denuncia ante la Comisión Europea al Estado español por «intentar boicotear la huelga» del turno de oficio
Afirma que España podría ser sancionada por vulneración del derecho fundamental de huelga de abogados y procuradores
Una de las concentraciones que abogados y procuradores secundaron el pasado 14 de diciembre en toda España reclamando un turno de oficio «digno». En la imagen, la de Madrid, a las puertas de los Juzgados de Plaza de Castilla. En el centro, Belén García, secretaria general del sindicato. (Imagen: Venia)
El Sindicato de abogados y procuradores Venia ha denunciado ante la Comisión Europea al Estado español por vulneración del derecho fundamental de huelga de abogados y procuradores.
Le atribuye una infracción del artículo 28 de la Carta de Derechos fundamentales de la Unión Europea. Este precepto, sobre el derecho de negociación y de acción colectiva, señala que «los trabajadores y los empresarios, o sus organizaciones respectivas, de conformidad con el Derecho comunitario y con las legislaciones y prácticas nacionales, tienen derecho a negociar y celebrar convenios colectivos, en los niveles adecuados, y a emprender, en caso de conflicto de intereses, acciones colectivas para la defensa de sus intereses, incluida la huelga».
En concreto, sostiene que «desde el Ministerio de Justicia se ha intentado boicotear la huelga legalmente convocada por este sindicato el pasado 21 de noviembre, y comunicada a la autoridad laboral» en reivindicación de una mejora en las condiciones laborales de los profesionales del turno de oficio. Exigen derechos laborales «básicos», como el reconocimiento de la existencia de una relación laboral entre el profesional del turno de oficio y la administración, así como subidas de baremos y el abono de todas sus actuaciones procesales.
La denuncia fue presentada ayer en la sede que la Comisión Europea tiene en Madrid.
«Al solicitar la fijación de servicios mínimos, el Ministerio de Justicia difundió entre Colegios de Abogados y de Procuradores un informe jurídico de la Abogacía del Estado que expresa que la huelga convocada es ilegal (no amparada en Derecho) porque ni abogados ni procuradores tienen derecho a huelga», señala a Economist & Jurist la secretaria general del Sindicato Venia, Belén García García.
Y critica que «de este modo, desde un órgano del Estado se ha obstaculizado el ejercicio del derecho fundamental a la huelga, lo que ha provocado en algunas zonas del territorio español la «disuasión y merma del seguimiento», como, por ejemplo, en Cáceres capital o Alcalá de Henares (Madrid).
«El objetivo de desactivación práctica de la huelga, unido al intento de desacreditación del sindicato (legalmente reconocido e inscrito) fue iniciado por el Ministerio y seguido por innumerables instituciones, tales como Consejerías de Justicia de Comunidades Autónomas, Colegios de Abogados, Tribunales Superiores de Justicia e incluso el Tribunal Constitucional», relata Belén García, y apunta que «resulta increíble que todos esos organismos e instituciones no sean conocedores de las vías procesales oportunas para la declaración ilegal de una huelga, y que, lejos de esos procedimientos, hayan iniciado vías de hecho vulnerando derechos fundamentales de miles de abogados».
Según explica, «las comunicaciones realizadas por los Colegios de Abogados y de Procuradores y del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) a través, incluso, de la emisión de informes negando la existencia del derecho a huelga, ha generado temor entre los abogados a hacer uso de ese derecho fundamental por posibles sanciones disciplinarias».
«Todo ello, unido a la existencia de resoluciones judiciales denegando la suspensión de actos procesales en base a la negativa del derecho a la huelga de abogados y procuradores (providencia del TC del pasado 19 de diciembre), denotan la inexistencia de independencia del poder judicial, demostrando en la práctica que algunos órganos siguen las directrices del poder ejecutivo», sostiene el Sindicato Venia.
Belén García destaca que lo que se denuncia «no es la falta de derecho, cuya existencia es evidente y expresamente reconocida en el artículo 28 de nuestra Carta Magna, sino la actividad impeditiva al ejercicio del derecho por parte de órganos del poder ejecutivo y de algunos órganos del poder judicial, que incluso se han atrevido a dictar circulares e instrucciones en ese sentido». Así, señala, por ejemplo, una Circular 1/2023 del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU), que ha dado lugar al expediente gubernativo 648/2023.
«España se constituye en Estado social y democrático de Derecho. Sin embargo, niega el ejercicio de un derecho fundamental a todo un colectivo de profesionales (abogados y procuradores del turno de oficio) que trabajan en condiciones indignas», denuncia. Por todo ello, sostiene que «más que nunca, es necesario manifestarse», y emplaza a la ciudadanía a secundar la manifestación del próximo 3 de febrero, en Madrid, «por un turno de oficio digno».
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