El Supremo absuelve a un hombre condenado por denunciar falsamente un robo tras descubrir un defecto de forma del Código Penal
El Tribunal ha hecho un llamamiento para que se efectúen "las modificaciones necesarias para reponer la situación"
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(Imagen: Policía Nacional)
El Supremo absuelve a un hombre condenado por denunciar falsamente un robo tras descubrir un defecto de forma del Código Penal
El Tribunal ha hecho un llamamiento para que se efectúen "las modificaciones necesarias para reponer la situación"
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Aunque así lo establezca el artículo 457 del Código Penal (CP), la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha resuelto que no es posible multar a quien ha simulado ser responsable o víctima de una infracción penal o a quien ha denunciado un suceso o delito inexistente sin identificar a supuestos autores, pues de hacerlo se estaría vulnerando el artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, actualizado en 2015 tras una reforma procesal.
Tal aserción, recogida en una sentencia emitida por el Alto Tribunal el pasado 24 de octubre, viene a revocar un fallo previamente dictado por la Sección Segunda de la Audiencia Nacional. Resolución que condenaba a un hombre como responsable de un delito intentado de simulación de delito, imponiéndole una pena de multa de alrededor de 365 euros, y que ahora —debido a una «reforma nimia pero con enorme repercusión en la práctica cotidiana»— ha quedado íntegramente anulada.
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