El Supremo aclara que los graduados sociales no podrán defender a los recurrentes
El TS indica que sigue siendo necesario que el trabajador esté defendido por un letrado
Tribunal Supremo. (Imagen: archivo)
El Supremo aclara que los graduados sociales no podrán defender a los recurrentes
El TS indica que sigue siendo necesario que el trabajador esté defendido por un letrado
Tribunal Supremo. (Imagen: archivo)
El Tribunal Supremo ha permitido a una graduada social personarse en esa instancia en representación de un trabajador. Según la norma, estos profesionales pueden representar a trabajadores ante la Justicia en juzgados de lo social e incluso ante los tribunales superiores de las comunidades autónomas. Sin embargo, cuando un conflicto laboral llegaba al Supremo, el recurrente debe estar defendido por un abogado. A diferencia de lo que se ha publicado, el Supremo aclara que esto no supone que se permita la defensa por parte de graduados sociales en condiciones de igualdad respecto a un abogado.
Economist & Jurist ha podido acceder al escrito, cuyo contenido adelantó la Agencia EFE, en el que la graduada social solicitaba que la tuviesen por personada en el procedimiento señalando que lo contrario supondría una vulneración del principio de igualdad, constitucionalmente protegido. Recuerda que el artículo 21 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social limita el acceso de los graduados sociales al Supremo y que ellos tienen, en esta materia, una formación perfectamente equiparable o incluso superior a la que tienen la mayor parte de abogados en este sentido.
Concretamente, el artículo 21 de la LRJS establece que «la defensa por abogado y la representación técnica por graduado social colegiado tendrá carácter facultativo en la instancia. En el recurso de suplicación los litigantes habrán de estar defendidos por abogado o representados técnicamente por graduado social colegiado. En el recurso de casación y en las actuaciones procesales ante el Tribunal Supremo será preceptiva la defensa de abogado».
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