El Supremo determina que la Seguridad Social se ha extralimitado al dar de baja del RETA a un trabajador
La simulación de la situación laboral de un trabajador no puede ser considerada inexactitud u omisión por la Seguridad Social para dar de baja en el sistema, de oficio, a esa persona.
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (Foto: Google)
El Supremo determina que la Seguridad Social se ha extralimitado al dar de baja del RETA a un trabajador
La simulación de la situación laboral de un trabajador no puede ser considerada inexactitud u omisión por la Seguridad Social para dar de baja en el sistema, de oficio, a esa persona.
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (Foto: Google)
La simulación de la situación laboral de un trabajador no puede ser considerada inexactitud u omisión por la Seguridad Social para dar de baja en el sistema, de oficio, a esa persona. Así lo establece el Tribunal Supremo en una sentencia en la que desestima el recurso de casación interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social contra una sentencia del Tribunal de Justicia del País Vasco, que anulaba la resolución de la Dirección Provincial de la TGSS de Álava.
Dicha oficina de la Administración estimó que un trabajador, dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), estaba falseando su situación laboral, al no advertir ningún tipo de actividad a lo largo de un tiempo determinado. Según la Seguridad Social “no concurrían en el trabajador los requisitos necesarios para estar incardinado en el RETA” y se trataba de “un supuesto de simulación de la actividad para lograr el encuadramiento indebido en el sistema”.
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