El Supremo fija el criterio que tendrá que seguir la Guardia Civil sobre el abono del complemento de territorialidad
En una sentencia en la que condena a la Benemérita por no abonar la totalidad del complemento a una agente destinada en Canarias por tener reducción de jornada
La AUGC destaca que esta resolución "deja en evidencia a la Guardia Civil en materia de conciliación".
El Supremo fija el criterio que tendrá que seguir la Guardia Civil sobre el abono del complemento de territorialidad
En una sentencia en la que condena a la Benemérita por no abonar la totalidad del complemento a una agente destinada en Canarias por tener reducción de jornada
La AUGC destaca que esta resolución "deja en evidencia a la Guardia Civil en materia de conciliación".
«La Guardia Civil tiene alergia a la conciliación». Así lo denuncia la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), que acaba de ganar una sentencia en la que el Tribunal Supremo (TS) fija el criterio que tendrá que seguir a partir de ahora la Benemérita sobre el abono de la indemnización por residencia.
En la resolución aborda el caso de una agente de la Guardia Civil, destinada en Fuerteventura (Canarias), a quien en febrero de 2019 se le reconoció la reducción de jornada del 33% para cuidar de un hijo menor de doce años, y a partir de ese momento el Cuerpo le redujo en el mismo porcentaje todas sus retribuciones, incluido el complemento de indemnización por residencia.
La agente, asistida por la abogada de la AUGC de Las Palmas Ana Tacoronte Luzardo, solicitó a la directora de la Guardia Civil que se le abonara la totalidad del complemento de indemnización por residencia durante el tiempo en que se mantuviera la reducción de su jornada laboral, así como las cantidades que hasta ese momento le habían sido detraídas desde la concesión de la reducción, pero se lo denegaron.
Entonces, llevó el caso ante la Justicia. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) le dio la razón, estimando su demanda en febrero de 2022, pero la Abogacía del Estado recurrió dicha sentencia en casación.
Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Abogacía del Estado, confirmando la resolución del TSJ que en febrero de 2022 estableció que ese complemento no se puede ver afectado por la reducción de jornada y, además, condenó a la administración a pagar 400 euros en costas.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo explica en la sentencia que la cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia «consiste en determinar si la indemnización por residencia debe disminuirse durante el plazo en el que el Guardia Civil disfruta de la reducción de jornada por guarda legal de hijo menor o, por el contrario, debe mantenerse inalterable».
El Supremo recuerda que ya que tiene otras resoluciones precedentes, pero relativas a las Fuerzas Armadas, en las que se fundamenta, indicando que la consideración de índole finalista hecha por la Sala de instancia tiene peso: La indemnización por residencia busca compensar el riesgo o la penosidad del lugar de destino; riesgo o penosidad que, efectivamente, no desaparecen.
La sentencia, dictada el pasado 18 de junio (1080/2024), la firman los magistrados Pablo Lucas Murillo de la Cueva (presidente), Luis María Díez-Picazo Giménez, María del Pilar Teso Gamella, Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo y José Luis Requero Ibáñez, que ha sido el ponente.
Sentencia importantísima
«Es una sentencia importantísima, dada la gran cantidad de agentes destinados en las islas canarias, tanto hombres como mujeres, que tienen solicitada y concedida la reducción de jornada, a los que a partir de este momento, la Dirección General de la Guardia Civiles debería, de oficio, dejar de detraerles esas cantidades, dado que el Tribunal Supremo les ha reconocido su derecho al percibo íntegro de la cuantía de la indemnización por residencia», señala a Economist & Jurist, la abogada que ha ganado el caso.
Esta letrada denuncia «lo tedioso que resulta para los guardias civiles el hecho de tener que acudir a la vía judicial porque la administración en primera instancia les niega sus derechos», y apela «a la responsabilidad de la Guardia Civil para evitar los perjuicios económicos que sufren los agentes con la irregular actuación de la administración».
«La Guardia Civil, tras reconocer a esta compañera la conciliación, descontó la parte proporcional del complemento de indemnización por residencia, algo que sabe perfectamente que no se puede tocar, ni ese ni el ZOCON, pero les da igual», denuncia en declaraciones a este diario Juan Fernández, secretario general de la asociación.
«Doble cara» de la Guardia Civil, pues se concilia a golpe de sentencia
«Una vez más, queda en evidencia la doble imagen que da la Guardia Civil sobre la institución intentando atraer a mujeres bajo la falsa promesa de una conciliación maravillosa, con vídeos con toda la familia uniformada, cuando la realidad es muy distinta y que se concilia a golpe de sentencia», señala a Economist & Jurist Eugenio Nemiña Suárez, secretario jurídico de la AUGC.
Según explica, la «técnica» de la Guardia Civil es «desgastar al personal y quitarle las ganas de solicitar reducciones de jornada».
Indica que cuando los tribunales les dan la razón, la técnica de la Benemérita es recurrir la sentencia, «incluso en casos sangrantes, lo que provoca que el derecho reconocido en la resolución se retrase, para ver si nos cansamos antes y desistimos».
«Es necesario que la Guardia Civil le dé una vuelta al derecho de conciliación, dejando de pensar solamente en su beneficio y preocupándose por sus trabajadores», concluye este agente.