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El Supremo reconoce el derecho de las familias monoparentales a doblar el permiso de maternidad para evitar la discriminación de los recién nacidos

La sentencia, relativa a una empleada pública –una profesora de Valladolid–, tiene en cuenta el interés superior del menor y la igualdad por razón de nacimiento

(Imagen: E&J)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 6 min



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El Supremo reconoce el derecho de las familias monoparentales a doblar el permiso de maternidad para evitar la discriminación de los recién nacidos

La sentencia, relativa a una empleada pública –una profesora de Valladolid–, tiene en cuenta el interés superior del menor y la igualdad por razón de nacimiento

(Imagen: E&J)



El Tribunal Supremo (TS) ha reconocido el derecho de las familias monoparentales a extender de 16 a 26 semanas el permiso de maternidad para evitar la discriminación de los menores recién nacidos. El tribunal establece que esta es la interpretación que debe darse al permiso regulado en el Estatuto del Personal Público.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Cuarta) se ha pronunciado así en la sentencia número 1612/2024, de 15 de octubre –disponible en el botón ‘Descargar resolución–, en la que estima el recurso de una profesora a la que la Dirección Provincial de Educación de Valladolid rechazó su solicitud para ampliar el permiso de maternidad de 16 a 24 semanas por tratarse de una familia monoparental.



El criterio de esta sentencia del Supremo también lo defendieron en su día los magistrados de la Sala de lo Social Ignacio García-Perrote y la magistrada emérita Rosa María Virolés, entonces presidenta de la Sala, en un voto particular discrepante de la sentencia de Pleno 169/2023, de 2 de marzo, en la que la Sala Cuarta rechazó juzgar con perspectiva de género la prestación adicional en familias monoparentales. Las razones de su discrepancia eran principalmente «el interés del menor, de obligada consideración primordial» y los precedentes de la Sala basados en el interés superior del menor y su consideración primordial, así como en la perspectiva de género.



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