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Actualidad

El Supremo recuerda los elementos y requisitos del delito de impago de pensiones

El periodo de enjuiciamiento por impago de pensiones puede incluir las deudas hasta la fecha del juicio

(Imagen: E&J)

Noelia Bauzá Serra

Abogada penalista, experta en derecho penal económico y extradiciones




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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El Supremo recuerda los elementos y requisitos del delito de impago de pensiones

El periodo de enjuiciamiento por impago de pensiones puede incluir las deudas hasta la fecha del juicio

(Imagen: E&J)



El Tribunal Supremo, en su reciente sentencia número 151/2024, de 21 de febrero, declara que el periodo de enjuiciamiento en el delito de impago de pensiones puede incluir las deudas hasta la fecha de enjuiciamiento.

El delito de impago de pensiones tipifica la conducta consistente en el impago voluntario de dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos de cualquier tipo de prestación económica en favor del cónyuge o hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial.



En el supuesto analizado por el Tribunal Supremo en su sentencia número 151/2024, de 21 de febrero, el recurrente en casación se quejó de haber sido condenado por los impagos de prestaciones acontecidos hasta la fecha del juicio oral, pues ello suponía una extensión del objeto del pleito en relación con la denuncia y acusación formulada contra su persona.

Para resolver la cuestión planteada por el recurrente, la Sala Segunda realiza una detallada exposición de la naturaleza y los elementos del delito de impago de pensiones, regulado en el artículo 227 del Código Penal.

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