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Actualidad

El tiempo de prisión provisional puede compensar el cumplimiento de la pena de multa impuesta

Se puede compensar el tiempo de cárcel preventiva con la pena de multa utilizando un criterio del Código Penal

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 4 min



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El tiempo de prisión provisional puede compensar el cumplimiento de la pena de multa impuesta

Se puede compensar el tiempo de cárcel preventiva con la pena de multa utilizando un criterio del Código Penal

(Imagen: E&J)



Una persona en prisión provisional que finalmente es condenada a dos años de cárcel (suspendida) y a pagar una multa, podrá abonar dicha cantidad con los días que haya pasado recluida, compensando así las medidas cautelares privativas de la libertad con la pena de multa, eso sí, siempre y cuando «no exista una pena de prisión pendiente de cumplimiento». Así lo ha establecido la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en una reciente sentencia que sienta jurisprudencia.

Aunque nunca antes se había llegado a permitir compensar una multa con los días que un reo había pasado en prisión provisional —pena que después de la celebración del juicio queda suspendida— el Alto Tribunal ha considerado que es de aplicabilidad el artículo 53 del Código Penal (CP), el cual establece que «si el condenado no satisficiere la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de arrestos de fin de semana».



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