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El Tribunal de Cuentas da audiencia a las partes para luego plantear una cuestión prejudicial al TJUE sobre la amnistía

El órgano fiscalizador recurre al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que se pronuncie sobre un posible desvío de fondos del 'Procés'

El Tribunal de Cuentas es el órgano fiscalizador de las finanzas del 'Procés'. (Imagen: Wikipedia)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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El Tribunal de Cuentas da audiencia a las partes para luego plantear una cuestión prejudicial al TJUE sobre la amnistía

El órgano fiscalizador recurre al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que se pronuncie sobre un posible desvío de fondos del 'Procés'

El Tribunal de Cuentas es el órgano fiscalizador de las finanzas del 'Procés'. (Imagen: Wikipedia)



La consejera del Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento, Elena Hernáez, ha dictado una Providencia dando audiencia a las partes —por un plazo común de diez días— a fin de que se pronuncien sobre la procedencia de plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La idea es conocer la opinión del Tribunal Europeo en relación con una serie de artículos de la Ley de Amnistía —Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña— que podrían oponerse a la interpretación que este Tribunal viene realizando de determinados preceptos del Derecho de la Unión Europea.



Se da por hecho que el Tribunal de Cuentas dirigirá una cuestión prejudicial al TJUE para que éste se pronuncie sobre la Ley de Amnistía publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado, e interprete cómo debe actuar el órgano fiscalizador de acuerdo con el Derecho de la Unión Europea, aunque en el Tribunal de Cuentas también se manejó la opción de la cuestión de inconstitucionalidad ante el tribunal de garantías español.



La Ley de Amnistía, publicada este martes en el BOE, contempla en su artículo 13 que la medida se aplicará en cualquier fase del proceso del reintegro por alcance «declarando el archivo de las actuaciones».

En la causa, el fiscal pide una responsabilidad contable de 3,1 millones de euros a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas, al exvicepresidente Oriol Junqueras y a otros líderes independentistas. Los independentistas y el fiscal disponen de diez días para dar su opinión, según la providencia dictada, pero el Tribunal de Cuentas tiene capacidad jurisdiccional para elevar la pregunta a la instancia inapelable europea sobre si es compatible con la normativa de la UE de protección del dinero público perdonar a los malversadores.



El exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, y dos exconsejeros del Gobierno catalán, de ERC, han pedido por su parte al Tribunal de Cuentas que archive esta causa y les exima de la responsabilidad civil y contable, en aplicación de la Ley de Amnistía.

El Tribunal de Cuentas ha sido la primera instancia encargada de aplicar la amnistía que ha planteado abiertamente la posibilidad de elevar una cuestión prejudicial ante el TJUE por las dudas que, según el ente fiscalizador, genera la norma ante el Derecho de la UE. (Imagen: Tribunal de Cuentas)

Los primeros obstáculos para la puesta en práctica de la Ley de Amnistía

Los artículos de la Ley Orgánica de Amnistía cuestionados en la resolución son el art.1; el art 2.e); el art 8.3; el art. 10; y el art 13.3. En cuanto a los preceptos del Derecho de la Unión Europea, cuya interpretación podría pedirse al TJUE, son los relativos a la “lucha contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la UE”,  al “principio de cooperación leal”, a los “principios de igualdad y de no discriminación” y a los “principios de seguridad jurídica y confianza legítima” y al “principio del Estado de Derecho”.

El pasado 29 de mayo, el Tribunal de Cuentas declaró visto para sentencia el procedimiento con el que se esperaba recuperar el dinero público invertido en la promoción del proceso independentista en el exterior a través de las embajadas catalanas y lo invertido en el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Lo hizo un día antes de que la Ley de Amnistía se votara en el Congreso de los Diputados.

La consejera Elena Hernáez ha dictado una providencia para informar a las partes de una cuestión prejudicial. (Imagen: Tribunal de Cuentas)

El plazo para dictar sentencia ha quedado en suspenso hasta que se resuelva definitivamente sobre el planteamiento de la cuestión prejudicial al TJUE.

En ese procedimiento se analizó si 35 dirigentes independentistas, encabezados por Carles Puigdemont, malversaron hasta 5,3 millones en la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre y la promoción del ‘Procés’ en el exterior.

La consejera lo dejó así visto para sentencia, pero el texto de amnistía impulsado por el Gobierno borra cualquier irregularidad independentista ante el Tribunal de Cuentas.

En este escenario, según expertos consultados por Economist & Jurist, a este organismo fiscalizador solo le quedaban tres opciones : el archivo de la causa; presentar un recurso de inconstitucionalidad; o acudir a la UE para intentar recobrar el dinero.

La Ley de Amnistía se ha publicado antes de que se emitiera el fallo del procedimiento, y en ésta se especifica que la medida de perdón y olvido de los hechos cometidos en el marco del proceso independentista se aplicará por el órgano fiscalizador «en cualquier fase del proceso».

«Si el proceso de exigencia de responsabilidad contable tramitado por el Tribunal de Cuentas se hallara en fase de primera instancia o de apelación, los órganos competentes de dicho Tribunal, previa audiencia del Ministerio Fiscal y de las entidades del sector público perjudicadas por el menoscabo de los caudales o efectos públicos relacionados con los hechos amnistiados, dictarán resolución absolviendo de responsabilidad contable a las personas físicas o jurídicas demandadas, cuando dichas entidades no se hayan opuesto», se puede leer en el texto de la norma.

Hay que recordar que la malversación y el terrorismo son delitos particularmente sensibles en la UE y su amnistía es la que analiza más en detalle la Comisión Europea por si colisiona con la estricta legislación comunitaria. Ésta, incluso, se va a reforzar probablemente tras adoptar el Parlamento Europeo la posición de que la futura directiva anticorrupción prohíba en el futuro amnistiar delitos de malversación.