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El TSJ de Cataluña admite como prueba válida la grabación de una cámara oculta que filmó a un trabajador robando

Según declara la Sala de lo Social, existen ciertas excepciones que convierten una prueba generalmente ilícita en lícita

(Imagen; E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 4 min



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El TSJ de Cataluña admite como prueba válida la grabación de una cámara oculta que filmó a un trabajador robando

Según declara la Sala de lo Social, existen ciertas excepciones que convierten una prueba generalmente ilícita en lícita

(Imagen; E&J)



Presentar como prueba una grabación realizada con una cámara oculta sí es lícito en determinadas situaciones. Al menos, así lo ha resuelto la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña después de estimar como procedente la rescisión de contrato de un trabajador al que su empresa despidió tras descubrirle robando material de la compañía, gracias a la grabación de una cámara de videovigilancia colocada estratégicamente y a escondidas de los empleados.

Según consta en la sentencia (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), el trabajador —que venía prestando servicios para la empresa demandada como técnico de mantenimiento desde el 1 de enero de 2019— robó alrededor de 5.500 euros en forma de cubos de cobre. Un actuar que, tal y como constaba en la carta de despido, fue visto «con una finalidad evidente de lucro personal siendo de público conocimiento que existe un mercado no oficial de reventa de cobre sustraído».



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