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El TSJ de Murcia concede la pensión de viudedad a una mujer cuya pareja de hecho falleció antes de registrarse como tal

El Tribunal se aparta del rigor de esta exigencia, siguiendo “el criterio humanizador de la jurisprudencia, la interpretación con perspectiva de género y el principio constitucional de protección a la familia”

Fallo importante de la Sala Social del TSJ de Murcia sobre el reconocimiento de pensión de viudedad. (Imagen: Poder Judicial)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 8 min

Publicado




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El TSJ de Murcia concede la pensión de viudedad a una mujer cuya pareja de hecho falleció antes de registrarse como tal

El Tribunal se aparta del rigor de esta exigencia, siguiendo “el criterio humanizador de la jurisprudencia, la interpretación con perspectiva de género y el principio constitucional de protección a la familia”

Fallo importante de la Sala Social del TSJ de Murcia sobre el reconocimiento de pensión de viudedad. (Imagen: Poder Judicial)

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en la sentencia 435/2024, de 28 de junio de 2024, de la que ha sido ponente el magistrado Carlos Contreras de Miguel, estima el recurso de suplicación interpuesto por una mujer cuya pensión de viudedad fue denegada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por no cumplir el requisito de la inscripción de la pareja de hecho con una antelación mínima de dos años a la fecha del fallecimiento del hombre.

El fallo, que aún no es firme y se puede recurrir ante la Sala Social del Supremo, reconoce al mismo tiempo el derecho a percibir la prestación con una base reguladora mensual de 1.665 euros.





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