El TSJPV confirma la condena de 5 años de prisión por administración desleal y perjuicio de más de 500.000 euros
El acusado abusó de la confianza de una mujer mayor para apropiarse de su patrimonio, mientras que su esposa fue declarada partícipe a título lucrativo
Fachada del alto tribunal del País Vasco. (Imagen: Economist & Jurist)
El TSJPV confirma la condena de 5 años de prisión por administración desleal y perjuicio de más de 500.000 euros
El acusado abusó de la confianza de una mujer mayor para apropiarse de su patrimonio, mientras que su esposa fue declarada partícipe a título lucrativo
Fachada del alto tribunal del País Vasco. (Imagen: Economist & Jurist)
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la condena de cinco años de prisión impuesta a un hombre por la administración desleal del patrimonio de una mujer nacida en 1939, a quien causó un perjuicio económico de 539.042 euros.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJPV ha desestimado el recurso presentado por el condenado, manteniendo la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Bizkaia. Además de la pena de cárcel, el tribunal le ha impuesto 15 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros y la obligación de indemnizar a la víctima con la cantidad sustraída.
La esposa del acusado, partícipe a título lucrativo
El fallo también ratifica la decisión de la Audiencia de Bizkaia de declarar partícipe a título lucrativo a la esposa del acusado. Se ha determinado que ella se benefició de los fondos sustraídos, por lo que responderá de manera solidaria hasta la cantidad de 324.080 euros. Su recurso también ha sido desestimado.
Según la sentencia, el acusado conocía a la víctima desde 2008 y, con la intención de enriquecerse ilícitamente, se ofreció a gestionar sus finanzas. Para ello, la anciana le entregó las claves de acceso a sus cuentas y firmó documentos que él le presentaba.
(Imagen: E&J)
Entre diciembre de 2019 y enero de 2022, el condenado realizó múltiples transferencias desde la cuenta de la víctima hacia una cuenta de la que eran titulares él y su esposa. Además, usó el dinero para pagar deudas personales y vendió acciones de la mujer sin su conocimiento ni consentimiento.
El TSJPV descarta vulneración del derecho a la presunción de inocencia
El tribunal considera que la prueba presentada es sólida y que la motivación de la sentencia de la Audiencia de Bizkaia es correcta y bien fundamentada. Según la resolución, no se ha acreditado ningún error en la valoración de la prueba ni una interpretación irracional de los hechos.
Asimismo, se destaca que el acusado no aportó ninguna prueba que sustentara su versión exculpatoria, lo que refuerza la validez de la condena.
El TSJPV también ha avalado la graduación de la pena impuesta, considerando que el acusado abusó de la confianza de la víctima y que el perjuicio económico fue especialmente elevado.
En cuanto a su esposa, el tribunal respalda la decisión de considerarla partícipe a título lucrativo, dado que se benefició indebidamente de los fondos sustraídos, los cuales fueron ingresados en una cuenta compartida en régimen de bienes gananciales.
A pesar de la firmeza del fallo del TSJPV, la sentencia no es definitiva y aún cabe la posibilidad de que los condenados interpongan recurso ante el Tribunal Supremo.