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Europa blinda las manifestaciones de los jueces sobre la independencia del sistema

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a Turquía por violar el derecho a la libertad de expresión de una jueza que se pronunció en una entrevista sobre una importante modificación legislativa

(Imagen: TEDH)

Pablo Montes

Periodista




Tiempo de lectura: 2 min

Publicado




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Europa blinda las manifestaciones de los jueces sobre la independencia del sistema

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a Turquía por violar el derecho a la libertad de expresión de una jueza que se pronunció en una entrevista sobre una importante modificación legislativa

(Imagen: TEDH)



El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a Turquía por violar el derecho a la libertad de expresión de una jueza que se pronunció en una entrevista sobre una importante modificación legislativa.

La jueza, que también era secretaria general de una organización de jueces que promovía la independencia judicial, manifestó su opinión en un periódico de tirada nacional sobre una modificación de la Constitución, aprobada por el Parlamento y sometida a un referéndum, que, entre otras medidas, eliminaba los tribunales militares y modificaba el sistema de elección y la organización del órgano de gobierno de los jueces. Tras aquella entrevista, la jueza fue sancionada, precisamente por dicha institución, con dos días de sueldo por no mantener la discreción y contención que se presupone a los jueces.



La afectada por la medida disciplinaria recurrió primero en su país y, tras ser desestimada su pretensión, trasladó la queja ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Este sostiene que el Estado ha violado la libertad de expresión de la jueza al imponer esa sanción. El TEDH recuerda que la profesional fue entrevistada en calidad de secretaria general de una organización judicial, lo que supone un papel especial de vigilancia, por lo que “no solo tenía el derecho sino también la obligación, de pronunciarse sobre cuestiones relativas al funcionamiento del sistema judicial”. La juez tenía un rol en la sociedad civil.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos señala que los cambios legislativos podían afectar a la independencia judicial y entiende que el debate concitaba un interés público relevante, por lo que las posibles implicaciones políticas de los comentarios de la juez, no son argumento suficiente para restringir la libertad de expresión de la jueza.

Aunque la sanción aplicada es relativamente suave, el tribunal aprecia el efecto desalentador que esta sanción puede tener en otros jueces que deseen intervenir en el debate público. El órgano encargado de ejecutar el régimen disciplinario de los jueces “no incluyó argumentos de peso” para justificar su decisión.



Además, el TEDH señala la falta de imparcialidad debida en un proceso en que el órgano de gobierno de los jueces, sobre cuya reforma se pronunció la jueza, es el mismo que impone la sanción. De esta forma, la Corte ha concluido que la penalización no está justificada en una sociedad democrática y supone una violación del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Dado que la jueza no solicitó ninguna compensación, no procede imponer cantidad alguna.

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