Fernando Portillo (FJI) explica el panorama que se abre ahora con las querellas de Pedro Sánchez y Begoña Gómez
La mujer del presidente también se ha querellado contra el juez que la investiga, al que acusa de supuestos delitos de prevaricación y revelación de secretos
El magistrado Fernando Portillo, presidente de Foro Judicial Independiente (FJI), conocido en X como "Judge the Zipper". (Imagen: Archivo)
Fernando Portillo (FJI) explica el panorama que se abre ahora con las querellas de Pedro Sánchez y Begoña Gómez
La mujer del presidente también se ha querellado contra el juez que la investiga, al que acusa de supuestos delitos de prevaricación y revelación de secretos
El magistrado Fernando Portillo, presidente de Foro Judicial Independiente (FJI), conocido en X como "Judge the Zipper". (Imagen: Archivo)
La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, se ha querellado contra el magistrado que la investiga, Juan Carlos Peinado, al que acusa de supuestos delitos de revelación de actuaciones procesales declaradas secretas, prevaricación judicial y revelación de secretos por funcionario público. Sostiene que el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, quien la investiga por la presunta comisión de los delitos de corrupción en el sector privado y tráfico de influencias, ha adoptado decisiones “arbitrarias y manifiestamente injustas” y “ha forzado” las normas en una instrucción “perversa”.
Esta querella se suma a la que presentó este pasado martes el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a través de la Abogacía del Estado, también por un supuesto delito de prevaricación judicial (artículo 466 del Código Penal), porque considera «injusta» la resolución en la que se le citó como testigo, así como la que rechazó que declarase por escrito.
El magistrado Fernando Portillo, presidente de Foro Judicial Independiente (FJI), titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Melilla y decano de los jueces de dicha ciudad, conocido en X como «Judge the Zipper», analiza en Economist & Jurist, de forma didáctica, el panorama que se abre ahora con las querellas del matrimonio.
Respecto a la de Sánchez, a Portillo le «llama la atención que quien no sea parte en el procedimiento se querelle contra el juez que le ha llamado a declarar como testigo por una discrepancia jurídica sobre el modo en el que tiene que comparecer, algo que nunca antes había pasado, al igual que nunca un presidente del Gobierno se había querellado contra un juez y, además lo haga señalando una resolución del compañero que estaba sustituyendo a Peinado que confirma esa decisión».
En cuanto al recorrido que esa querella puede tener, lo decidirá el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que determinará «si tiene mimbres suficientes para ser o no admitida a trámite». En todo caso, Portillo destaca que la admisión a trámite de esta querella «no supondría ninguna alteración respecto del procedimiento que se sigue contra la mujer del presidente, puesto que el querellante no es parte en ese procedimiento y, por tanto, no concurriría ninguna de las causas de abstención ni recusación que hay en la ley».
«Distinto es con la querella presentada por la esposa, ya que ella sí es parte en el procedimiento, y esta querella sí podría apartar al juez Peinado si se admitiese a trámite», explica Fernando Portillo. En este sentido, recuerda que en el artículo 219.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que es causa de apartar de la causa que está conociendo el que haya sido por alguna de las partes denunciado o acusado de la comisión de delitos.
El presidente de Foro Judicial Independiente explica que «para evitar que eso suponga que alguien pueda elegir juez tranquilamente o quitarse de encima de forma muy burda al juez, en contra del derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por ley que establece el artículo 24.2 de la Constitución Española, hay dos filtros».
«En primer lugar, no basta con presentar la querella, sino que es necesario que se admita a trámite y con ella se inicie, por tanto, un procedimiento penal. En segundo lugar, los Tribunales Superiores de Justicia suelen ser muy restrictivos a la hora de admitir este tipo de querellas a trámite, porque precisamente el efecto es cambiar de juez y no hay nada más pernicioso que el que el investigado esté eligiendo el juez que le tiene que investigar», precisa.
«Para evitar que eso pueda suceder es por lo que las admisiones a trámite de este tipo de querellas suelen ser restrictivas. Per igual que he dicho con la anterior querella, habrá que ser respetuosos y esperar a lo que digan los compañeros del Tribunal Superior de Justicia de Madrid respecto de esta querella», añade.
Si finalmente el TSJ de Madrid admitiera a trámite la querella presentada Begoña Gómez, «entonces se iniciaría o un procedimiento de abstención o de recusación que normalmente finalizaría con el juez apartado del procedimiento», explica Portillo, destacando que eso «no es una sanción al juez, sino una garantía de imparcialidad». Así, deja claro que «cuando se recusa a un juez no se le está castigando, sino que el sistema esta reaccionando apartando a un juez que aparentemente podría no ser imparcial».
Si este fuera el desenlace, «la causa seguiría en el Juzgado de Peinado, sólo que el juez que tendría que seguir instruyéndola sería el que le sustituye de forma natural», apunta Fernando Portillo.
Este magistrado es autor del libro Destripando el Derecho (La Espera de los Libros), «sobre Derecho y jueces para quienes no saben de Derecho ni de jueces», cuyos beneficios irán donados a la Fundación Española para el Fomento de la Investigación de la Esclerosis Lateral Amiotrófica (Fundela).
Lo que dice la querella de Begoña Gómez
La querella de Begoña Gómez, articulada por su abogado, el exministro socialista Antonio Camacho, también critica que el juez citara a declarar a Sánchez como testigo, y afirma que «el carácter aparentemente prevaricador» de una parte de las actuaciones culmina con esta toma de declaración el pasado martes en La Moncloa, y no permitirle testificar por escrito por razón de su cargo.
Gómez señala que Peinado pudo cometer el supuesto delito de revelación de actuaciones procesales declaradas secretas en el momento en el que las pesquisas eran aún unas diligencias previas y habría trasladado a las acusaciones populares –ejercitadas por Manos Limpias, VOX y el Movimiento de Regeneración Política de España– esas actuaciones procesales, lo que propició que fueran publicadas por los medios de comunicación.
Antonio Camacho señala que a pesar de que la causa fue declarada secreta, «fue de conocimiento general para toda la ciudadanía desde el 24 de abril, con la consecuencia» para su representada «de verse como parte de un procedimiento penal, pero sin gozar de todas las garantías para su defensa desde su incoación, y enterándose de los avatares de su proceso por los medios de comunicación».
Afirma que esta actuación ha perjudicado gravemente a su clienta, ya que se han divulgado informaciones y actuaciones declaradas secretas, mientras ella desconocía todos los extremos de la investigación, causándole indefensión.
También indica que el gabinete de comunicación del TSJ de Madrid informó a los medios de esta «causa secreta», de quién presentó la denuncia que dio lugar a las actuaciones y de los delitos que eran objeto de investigación, y que «los indicios apuntan a que esta información también partía del magistrado instructor Juan Carlos Peinado».
En la querella, presentada ante el TSJM, pide que se tome declaración como investigado a Peinado, y que el gabinete de prensa del TSJM informe sobre cómo tuvo conocimiento de la información que difundió.
Asegura que el juez que la investiga «ha efectuado una aplicación del derecho incomprensible, ha forzado las normas aplicables, ha adoptado decisiones no justificadas, carentes de motivación alguna y contradictorias y, todo ello, sin pie de recurso frente a las mismas en considerables ocasiones». Y declara que esto «pudiera revelar una instrucción inusual, errática, perversa y prospectiva, que tiene por objeto una causa general contra doña Begoña Gómez, expresamente prohibida por el ordenamiento jurídico».
«Si bien en este momento no podemos determinar si estas decisiones tienen la finalidad premeditada de buscar un impacto político y social, o si tan sólo obedecen a un desmedido afán de protagonismo mediático, lo cierto es que existen indicios evidentes de que son adoptadas de forma arbitraria e injusta», concluye.
La querella, de 53 páginas, también sostiene que a través de una serie de resoluciones, el juez Peinado «creó un secreto a la carta, sin amparo legal y en contra de los Derechos Fundamentales de la querellante, que crecía o menguaba en función de decisiones arbitrarias e ilegales no justificadas».
También critica decisiones que ha tomado el juez como el cambio de testigo a investigado del empresario Juan Carlos Barrabés, o que la citación de Félix Jordán de Urríes Mur «no es que pueda ser calificada como impertinente e inútil, sino que incluso se puede calificar como absurda».