Francisco Caamaño: “Debe ser una prioridad de este Gobierno impulsar la Autoridad Independiente de Protección al Informante”
El exministro de Justicia es consciente que muchas pymes de más de cincuenta trabajadores aún no tienen el canal de denuncias operativo
Francisco Caamaño cree que el legislador español ha sido valiente en la trasposición de la Directiva, pero ahora habrá que ver su aplicación práctica (Imagen: Elena Hidalgo/ ASCOM)
Francisco Caamaño: “Debe ser una prioridad de este Gobierno impulsar la Autoridad Independiente de Protección al Informante”
El exministro de Justicia es consciente que muchas pymes de más de cincuenta trabajadores aún no tienen el canal de denuncias operativo
Francisco Caamaño cree que el legislador español ha sido valiente en la trasposición de la Directiva, pero ahora habrá que ver su aplicación práctica (Imagen: Elena Hidalgo/ ASCOM)
Mas de 500 profesionales se dieron cita en el Día del Compliance Officer organizado esta semana por ASCOM. Entre los ponentes estaba Francisco Caamaño, quien fue ministro de Justicia durante el Gobierno de Zapatero y uno de los principales impulsores de la reforma de las personas jurídicas al modificar el Código Penal. Su ponencia se centró en la Ley 2/2023, que ha traspuesto la Directiva 2019/1937 de protección al denunciante. Su análisis es claro: “Urge que el Gobierno apruebe la Autoridad Independiente de Protección al Informante”.
A lo largo de su intervención el exministro realizó un análisis detenido desde la práctica y la experiencia de dicha Ley 2/2023, donde se establece para todas las organizaciones públicas y privadas la obligatoriedad de tener canales de denuncias y no cualquier canal. “Este 1 de diciembre acaba el plazo para que las empresas de a partir cincuenta trabajadores lo tengan. Como viene siendo en nuestro país, hay mucha pyme rezagada que aún no lo tienen. Deben aprovechar que no existe la Autoridad Independiente para crearlo”.
Al final de lo que se trata es de tener “un sistema de información y como parte del mismo debe contar con un canal específico de protección al confidente donde se cumpla la normativa europea y la española. El problema es que la interpretación de la Ley no se puede hacer con la interpretación jurídica tradicional”, aclara.
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