Hacienda no puede realizar interrogatorios durante un registro domiciliario, según el Supremo
Ello vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva
(Imagen: Agencia Tributaria)
Hacienda no puede realizar interrogatorios durante un registro domiciliario, según el Supremo
Ello vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva
(Imagen: Agencia Tributaria)
Hacienda no puede realizar interrogatorios en el transcurso de un registro domiciliario, pues ello constituye una vulneración del artículo 24 de la Constitución sobre el derecho a la tutela judicial efectiva. Así lo ha hecho saber el Tribunal Supremo después de estimar el recurso de casación contencioso-administrativo interpuesto por la multinacional CVC España contra la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Según consta en el fallo (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), durante un procedimiento de inspección tributaria contra la mercantil, que debía centrarse en el examen de libros y registros contables, información digital, y archivos físicos de contratos y facturas, los funcionarios de la Dependencia de Control Tributario realizaron interrogatorios individuales a los directivos y empleados de la empresa inspeccionada.
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