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Inhabilitada una funcionaria por filtrar datos de la Seguridad Social de su excuñado al abogado de su hermana

A raíz de que éste pidiera la reducción de pensión de alimentos 

La sentencia ha llegado tras quince años de batalla judicial del afectado, asistido por el letrado Ignacio Palomar, director de Servilegal Abogados. (Imagen: E&J)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 3 min



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Inhabilitada una funcionaria por filtrar datos de la Seguridad Social de su excuñado al abogado de su hermana

A raíz de que éste pidiera la reducción de pensión de alimentos 

La sentencia ha llegado tras quince años de batalla judicial del afectado, asistido por el letrado Ignacio Palomar, director de Servilegal Abogados. (Imagen: E&J)

La Audiencia Provincial de Ávila ha condenado a tres años de inhabilitación y a uno de prisión a una funcionaria que consultó datos de la Seguridad Social de su excuñado tras solicitar éste la reducción de la pensión de alimentos, y los filtró a la nueva pareja de su hermana, abogado. También se le ha impuesto una multa de 2.100 euros.

El afectado pidió la modificación de la pensión del hijo al perder el trabajo. Se enteró de que habían espiado sus datos porque en el juicio en el que se dilucidaba sobre la modificación de las medidas respecto al hijo, el letrado de su exmujer le espetó: ¿Y no es más cierto que usted iba a recibir 19.000 euros del paro? 



Aquella pregunta le sorprendió tremendamente, porque aunque era cierto que cuando perdió el empleo pidió capitalizar el paro, era un tema que no había comentado a nadie y en aquel momento él no sabía que se lo habían concedido. Le fue comunicado varios días después y precisamente la cantidad que la nueva pareja de su ex había dicho.

Entonces, puso el caso en manos de Ignacio Palomar Ruiz, director de Servilegal Abogados, y presentaron una querella y también una denuncia administrativa en la Seguridad Social por filtración de datos.



«Se abrió un expediente, se vio quién había accedido a esos datos confidenciales y se citó en un órgano disciplinario administrativo a la funcionaria que había accedido a ellos. Sin embargo, ésta funcionaria acreditó que el día que se había accedido a los datos ella estaba de vacaciones», detalla a Economist & Jurist el letrado Ignacio Palomar.

Ignacio Palomar es director de Servilegal Abogados y está especializado en derecho procesal y de daños. (Imagen: Servilegal)

Se revisó en la sede quién estaba en el puesto de al lado y podía haber usado sus claves y se llegó a la persona: la hermana de la expareja, quien ahora finalmente ha sido condenada por un delito de revelación de secretos, castigado en el artículo 197,1 y 2 del Código Penal, en el que se le ha ha aplicado la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

Los hechos se remontan a 2010, cuando fue presentada la denuncia, y entre la investigación y el enjuiciamiento la sentencia ha llegado en 2025. El abogado de la ex también había sido denunciado, pero ha fallecido en estos años de periplo judicial. La denuncia también se dirigió contra su expareja, pero no se ha acreditado que los datos también fuesen comunicados a ella.

Quince años de batalla judicial

«Tras casi 15 años de instrucción penal, por fin hemos conseguido Justicia. Ha sido un camino largo y difícil, pero esta condena demuestra que la verdad siempre prevalece», declara el abogado Ignacio Palomar.

«No hemos permitido que el paso del tiempo borre la responsabilidad de quien abusó de su cargo para vulnerar la intimidad de nuestro cliente. La sentencia es el resultado de una lucha incansable contra la impunidad y una prueba de que, por mucho que se intente esquivar la Justicia, al final la verdad se impone», sentencia.

(Imagen: E&J)

El director de Servilegal Abogados destaca que «esta sentencia confirma que nadie está por encima de la ley». «La funcionaria condenada utilizó su cargo público para acceder ilegalmente a datos privados, vulnerando la confianza depositada en ella como servidora pública», denuncia el letrado, señalando que «este tipo de actuaciones no solo afectan a las víctimas directas, sino que socavan la integridad de nuestras instituciones» y con esta sentencia, «la Justicia ha dado un paso firme contra estos abusos».

«No podemos permitir que quienes tienen acceso a información privilegiada la usen como un arma en disputas personales. Lo ocurrido en este caso es un ejemplo de lo que no debe suceder en una democracia. La justicia ha actuado y ha demostrado que el poder judicial sirve para poner límites a estos abusos, pues no deben ser tolerados», concluye.

La sentencia fue dictada el pasado 14 de marzo (número 25/2025) por los magistrados Javier García Encinar (presidente), Ana María Álvarez de Yraola (ponente) y Juan Rollán García. Está disponible en el botón ‘Descargar resolución’. Todavía no es firme, ya que contra la misma cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

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