Jueces y abogados serán claves para que el método de mediación previsto en la Ley de Eficiencia Procesal se consolide
El despacho RocaJunyent ha organizado su III Jornada sobre mediación intrajudicial que congregó a juristas y expertos en esta práctica
La ministra de Justicia, Pilar Llop, inaugura el encuentro. (Foto: MdJ)
Jueces y abogados serán claves para que el método de mediación previsto en la Ley de Eficiencia Procesal se consolide
El despacho RocaJunyent ha organizado su III Jornada sobre mediación intrajudicial que congregó a juristas y expertos en esta práctica
La ministra de Justicia, Pilar Llop, inaugura el encuentro. (Foto: MdJ)
El bufete RocaJunyent ha celebrado la III Jornada de Mediación Intrajudicial, en la que se ha puesto de manifiesto la importancia de la apuesta por esta forma de resolución alternativa de conflictos, con los objetivos prioritarios de acercar la Justicia y el Derecho a la sociedad y disminuir la sobrecarga de la justicia.
“La mediación no debe verse como sustitutorio del sistema procedimiento judicial. En este momento puede tener su desarrollo en nuestro país con el proyecto de ley de eficiencia procesal que ahora se tramita en el Congreso”, fueron las palabras de Pascual Sala, socio consultor de este despacho y expresidente del Tribunal Constitucional, Supremo y CGPJ en estas jornadas.
Al mismo tiempo, destaco que el papel de abogados y jueces en el desarrollo de la mediación en el proceso judicial es fundamental. “Hay que recordar que los abogados están obligados por el artículo 48 del Estatuto de la Abogacía a asesorar a sus clientes y ofrecerles el mejor sistema de resolución de disputas, y en ese caso también hablar de mediación cuando fuera el método oportuno”, ha señalado Sala.
Respecto a los jueces, recordó que “para que puedan derivar a la mediación en medio de un proceso judicial, deben conocer bien esta práctica y tener claro que existe un procedimiento solvente por mediadores preparados. A este respecto, sería bueno que, desde el principio de su formación, en la propia Escuela Judicial, ubicada en Barcelona, tuvieran la formación adecuada relacionada con la mediación como otros métodos extrajudiciales”.
Además de Sala, otros juristas como Juan Antonio Xiol, exvicepresidente del Tribunal Constitucional, Celso Rodríguez, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, o Juan Pedro Quintana, presidente de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, abordaron en este encuentro el momento de la mediación en España a la espera de este cambio normativo.
Otros juristas presentes fueron Jose Maria Michavila, exministro de Justicia y ahora socio director de MA Abogados, José Ignacio Monedero, secretario de la junta de Gobierno del ICAM y responsable del área de arbitraje y mediación, Juan Carlos Estévez, presidente del Consejo General de Procuradores, José María Alonso, presidente del CIAM, José Carlos Fernández, catedrático de Derecho Internacional privado de la Universidad Complutense de Madrid.
Reducir el conflicto social
La jornada fue inaugurada por la ministra de Justicia Pilar Llop, que se refirió al proyecto de Ley de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, que actualmente se está tramitando en las Cortes Generales. La norma introduce esos medios alternativos para la solución de controversias (MASC) que, según la ministra, “reducen el conflicto social, evitan sobrecargar los tribunales y pueden ofrecer solución a la mayoría de controversias en materia civil y mercantil”.
En la ley, junto con la mediación, se ofrecen nuevas formas de gestión del conflicto que “representan una modernización del concepto de la cultura de la mediación, para que la ciudadanía pueda escoger libremente”, señala Llop. Se trata de fórmulas como la conciliación, la oferta vinculante confidencial, la opinión de experto independiente y la negociación directa entre las partes.
Además, la ley prevé medios telemáticos para llevar a cabo las negociaciones. “La digitalización puede facilitar las operaciones de mediación transfronteriza que se contemplan en los ámbitos civil y mercantil como medio para resolver controversias internacionales”, ha puntualizado.
Falta cultura de mediación
Por su parte, Juan Antonio Xiol recordó que ya en sus inicios en la carrera judicial en los años setenta recomendaba en algunos asuntos que llegaban a su juzgado a los abogados que llegase a un acuerdo. “En aquel momento por hacer eso te podían abrir un expediente, pero siempre he sido un convencido del dialogo y de la mediación. De hecho, su aplicación en controversias sobre derechos fundamentales podría ser útil”, explica.
Otra cuestión que ha destacado es que la mediación es otra forma de aplicar el derecho y ha subrayado la importancia del mencionado proyecto de ley, donde se habla del desarrollo de métodos alternativos de resolución de controversias. “Por el momento, en España falta una cultura de resolución de conflictos al margen del proceso judicial, loque revela la asimetría existente entre jurisdicciones”.
Una de las críticas realizadas a la ley es la necesidad de aprobar el Estatuto del Tercero Neutral, en el plazo de un año tras la entrada en vigor de la norma, como viene reflejado en su disposición adicional tercera. Esto podría demorar su entrada efectiva en vigor y la de los MASC. Ese estatuto regulará la obligación de los terceros neutrales que intervengan en los medios adecuados de solución de controversias de remitir la información que se establezca sobre su actividad, a los únicos efectos de elaboración de una estadística de este sector y con respeto a las normas sobre confidencialidad.
Juan Pedro Quintana añade otros motivos para la falta de despegue de la mediación en España. “La desconfianza de algunos jueces que consideran que la cobertura legal es endeble, la sobrecarga de trabajo, la inversión en tiempo que requiere la mediación, cierta resistencia por parte de algunos abogados, pero, sobre todo, obstáculos de carácter normativo”. “Sin reformas legales, la mediación puede estar en un callejón sin salida”, añade.
Este magistrado reconoció que se están haciendo muchas mediaciones en el ámbito Contencioso-Administrativo a nivel de mediación intrajudicial en el ámbito de ejecuciones que estaban pendientes. Hay casos sobre responsabilidad patrimonial, reintegro de subvenciones, expropiaciones forzosas o en el ámbito urbanístico o tributario donde se producen mediaciones.
Por su parte Marlen Estévez, socia de RocaJunyent, y moderadora de las jornadas, cree que el requisito de procedibilidad en la nueva Ley de Eficiencia Procesal de obligar a acudir a estos MASC antes de ir a la vía judicial puede ser el espaldarazo que necesitaba este método extrajudicial.
En las conclusiones señalo que “es importante la obligación que destacaba Pascual Sala de que el abogado informe al cliente de las formas de resolver el conflicto y que la mediación es una de ellas. Habrá que ver realmente el contenido del asunto y los intereses de las partes en ese sentido”.
A este respecto, recordó que “la mediación puede ir ya incluida en el contrato en cuestión. En el caso de que no estuviera incluida, se puede pactar con posterioridad en el momento que se produce la controversia con una adenda o una cláusula de resolución posterior”, afirmó Estévez.
En el caso que ya exista la controversia “se puede plantear antes del procedimiento judicial o cuando ya esté en marcha el asunto en los tribunales. Siempre se puede abrir una ventana independientemente del proyecto de ley que ahora se tramita. Lo que el proyecto de ley empuja es que será obligatorio haberlo intentando con los MASC y acreditarlo antes del pleito”.
Otra cuestión que destacó es que “es fundamental la formación de los letrados de la Administración de Justicia, jueces, procuradores, abogados y empresas”, afirmó.
La socia de RocaJunyent ha añadido que “tras 13 años de implementación de la mediación en España y con una implementación todavía reducida de este método de resolución alternativa de conflictos, quizás haya llegado el momento de obligar a hacer un mayor uso”.
Mediación resuelve problemas
Entre los asistentes, Jose Maria Michavila, exministro de Justicia, explicaba a Economist & Jurist que “resolver los conflictos mediante el diálogo es algo muy constructivo para las partes. Una buena ley de mediación es una buena fórmula de ayudar al ciudadano para resolver sus problemas”.
De hecho, “es una buena noticia que en el Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal se hable de introducir de forma obligatoria el uso de la mediación y otros métodos antes de acudir a la vía judicial. Es el momento de trabajar en la promoción del arbitraje y la mediación”, indicó.
Desde su punto de vista, “hay un buen campo de actuación en la jurisdicción civil y en los pleitos de familia. Cada vez más, esta sociedad dinámica exige que los conflictos en el ámbito familiar se resuelvan lo más amigable posible, sobre todo en beneficio de los menores que son los principales perjudicados cuando entramos en este tipo de problemas”.
Mercedes Tarrazón es la presidenta de la Comisión de Mediación del Club Español del Arbitraje, al mismo tiempo es vocal del Foro para la Mediación del Ministerio de Justicia español y coordinadora de su Grupo de Trabajo sobre Calidad y Buenas Prácticas en Mediación. A su juicio, “la mediación es abrir un espacio de diálogo en escenarios de todo tipo. En momentos en el que las partes no se entienden el papel del mediador puede ayudar a acercar posturas”.
A su juicio, “el Ministerio de Justicia tiene un escenario complejo tras la salida de la huelga de los LAJs y además hubo la pandemia. Están haciendo un esfuerzo a través de proyectos de ley para incrementar la eficiencia en todos los ámbitos. Esperemos que se encuentre pronto una solución. Lo que sí está claro es que no podemos seguir con este contexto de juicios que se aplazan o demandas sin dejar de admitirse”.
En su opinión, la Ley de Eficiencia Procesal “es una apuesta importante por desarrollar la mediación y otros métodos extrajudiciales en nuestro país como paso previo al sistema judicial. Desde el Club Español del Arbitraje presentamos algunas enmiendas a este proyecto de ley en la Comisión de Justicia del Congreso. Creo que se puede tener una buena norma, pero está claro que las retribuciones de los jueces están ligadas la productividad de las sentencias, lo que podría desincentivar que derivasen a mediación”.
Para cerrar la sesión, Joan Roca, presidente ejecutivo de la firma, explicó el motivo de organización de la tercera edición de estas jornadas sobre mediación intrajudicial para la firma: “Tenemos la obligación, no sólo de pensar en la solución de cada asunto, sino de pensar también en la vertiente más social de la abogacía. Es nuestra obligación ponerlo en el foco del debate”.