Absuelto un conductor que atropelló a un anciano al no probarse que la muerte del peatón, tres semanas después, fuera causa del accidente
La Audiencia Provincial de Alicante ratifica que no ha quedado acreditado que exista nexo de causalidad entre las lesiones sufridas en el atropello y el fallecimiento
(Imagen: E&J)
Absuelto un conductor que atropelló a un anciano al no probarse que la muerte del peatón, tres semanas después, fuera causa del accidente
La Audiencia Provincial de Alicante ratifica que no ha quedado acreditado que exista nexo de causalidad entre las lesiones sufridas en el atropello y el fallecimiento
(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Alicante ratifica la absolución de un conductor, acusado de un delito de homicidio por imprudencia grave, al no haberse podido demostrar que la persona a la que atropelló muriera a causa de las lesiones sufridas en el accidente.
La Sección Tercera reconoce que el conductor cometió una imprudencia grave al no prestar atención a la conducción, ya que atropelló al peatón que estaba cruzando en ese momento por un paso de cebra; no obstante, no puede condenarse al acusado del delito de homicidio al no quedar probado el nexo de causalidad entre el accidente y el fallecimiento del peatón.
La víctima falleció tres semanas después de haber sido atropellado
Los hechos enjuiciados se remontan a febrero de 2019, cuando el acusado, que iba conduciendo su vehículo por una calle de Alicante, atropelló a un anciano de 88 años que estaba cruzando por un paso de cebra.
La víctima cayó al suelo, pero se levantó y continuó andando. No fue hasta dos días después cuando el hombre acudió al médico por los dolores que padecía, momento en el que le diagnosticaron una lumbalgia postraumática. A los pocos días el anciano volvió a necesitar de asistencia médica hasta en dos ocasiones y, finalmente fue ingresado en un hospital donde falleció.
El hijo de la víctima denunció al conductor alegando que la muerte de su padre, que se produjo tres semanas después del atropello, había sido causada por el atropello sufrido. Sin embargo, la demanda fue desestimada.
La jueza de primera instancia declaró probado que el acusado había vulnerado” el más elemental deber de cuidado en la conducción” al no haber prestado la suficiente atención cuando se produjo el atropello; pero pese a ello absolvió al conductor del delito de homicidio por imprudencia grave al considerar que no había quedado acreditado que el fallecimiento de la víctima tuviera como causa directa el atropello.
No se ha podido probar un nexo causal entre ambos acontecimientos
La sentencia dictada por el Juzgado fue recurrida en apelación por el hijo de la víctima, pero la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado el recurso y ratificado la absolución del acusado.
El tribunal provincial ha recordado que, si bien es cierto que para poder condenador a un reo por un delito de homicidio por imprudencia grave —recogido en el artículo 142.1 del Código Penal— es necesario que la imprudencia cometida por el acusado cause la muerte; también es cierto que el citado precepto legal requiere que entre el resultado y la acción imprudente exista un nexo causal.
Y, en el presente caso, existen “serias dudas” de que exista ese elemento esencial como es el nexo causal entre el atropello y el fallecimiento. Por lo tanto, al no haber podido quedar acreditado el nexo causal, “no puede resolverse sino en favor del reo”, señalan los magistrados.
Entre las circunstancias que suscitan esas dudas, la Audiencia Provincial menciona el hecho de que la víctima recibiera asistencia hospitalaria en ocasiones, donde fue atendido por profesionales que le suministraron medicación, entre la fecha del atropello y el fallecimiento.