Anulada providencia de apremio por saltarse un semáforo en rojo porque no se avisó al conductor de la multa
El Ayuntamiento de Azuqueca de Henares es condenado a devolver el importe de una multa de tráfico porque no notificó electrónicamente de la infracción a la empresa
(Imagen: E&J)
Anulada providencia de apremio por saltarse un semáforo en rojo porque no se avisó al conductor de la multa
El Ayuntamiento de Azuqueca de Henares es condenado a devolver el importe de una multa de tráfico porque no notificó electrónicamente de la infracción a la empresa
(Imagen: E&J)
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Guadalajara ha anulado providencia de apremio por una multa de tráfico emitida por el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares porque la notificación al multado no le fue comunicada correctamente.
La parte demandante, la multada, no tuvo conocimiento de la multa de tráfico por haberse saltado un semáforo en rojo, hasta que recibió la providencia de apremio, es decir, cuando la administración pasó a la acción para cobrar la deuda.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Economist & Jurist, falla que la resolución sancionadora debe ser anulada ya que ha habido defectos insubsanables en el procedimiento administrativo, pues no se notificó correctamente la multa a la parte actora al no aparecer en el expediente administrativo la concreta dirección de correo electrónico en la que el Ayuntamiento hubiera intentado realizar las sucesivas notificaciones de la multa.
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