BBVA Seguros, condenado a indemnizar con 32.500 euros a una clienta declarada en IP absoluta
El Tribunal Supremo ratifica que la incapacidad fue reconocida con posterioridad a la firma del seguro, a pesar de que la mujer estaba en tratamiento desde hace años
(Imagen: E&J)
BBVA Seguros, condenado a indemnizar con 32.500 euros a una clienta declarada en IP absoluta
El Tribunal Supremo ratifica que la incapacidad fue reconocida con posterioridad a la firma del seguro, a pesar de que la mujer estaba en tratamiento desde hace años
(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo ratifica la condena a BBVA Seguros a pagar una indemnización de 32.500 euros a una mujer que suscribió un seguro de vida con cobertura de incapacidad permanente.
Aunque la entidad se negaba a pagar la indemnización asegurando que el contrato era nulo porque el siniestro asegurado había ocurrido antes de la firma, ya que la mujer estaba en tratamiento psiquiátrico antes de suscribir el seguro, el Tribunal Supremo ha fallado que no cabe declarar la nulidad del contrato.
Pues, la incapacidad asegurada no fue reconocida legalmente por los tribunales hasta después de que se firmara el contrato.
El contrato no es nulo
En el caso enjuiciado, la mujer suscribió en el año 2014 con la compañía BBVA Seguros S.A. un seguro de vida con cobertura de incapacidad permanente. Antes de la firma del contrato, la entidad no le sometió a ningún cuestionario sobre su estado de salud o enfermedades o dolencias previas, aunque la mujer estaba en tratamiento de salud mental desde el 2013, con asistencia psiquiátrica y psicológica.
La situación clínica de la mujer se agravó notoriamente algo más de un mes después de firmar el seguro. Finalmente, en el año 2016, se reconoció judicialmente a la actora en situación de incapacidad permanente absoluta por enfermedad común (síndrome fibromiálgico y trastorno depresivo grave con episodios recurrentes).
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