Condenada una financiera a asumir las costas judiciales por haber actuado de forma pasiva ante los acuerdos alcanzados en la vía extrajudicial
La entidad actuó de mala fe, desatendiendo los requerimientos a los que sólo dio cumplimiento una vez interpuesta la demanda

(Imagen: E&J)
Condenada una financiera a asumir las costas judiciales por haber actuado de forma pasiva ante los acuerdos alcanzados en la vía extrajudicial
La entidad actuó de mala fe, desatendiendo los requerimientos a los que sólo dio cumplimiento una vez interpuesta la demanda

(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado en costas a una entidad financiera que desatendió los acuerdos alcanzados en la vía extrajudicial con un cliente, razón por la cual este segundo tuvo que pedir “auxilio judicial” e interponer una demanda contra la financiera en aras de que esta cumpliera con lo pactado. Concretamente, la financiera se había comprometido a pagar al cliente todo lo abonado de más por encima del capital prestado (intereses y comisiones) por un contrato abusivo.
En el auto dictado por el tribunal provincial (disponible en el botón ‘descargar resolución’), se considera que la entidad actuó con pasividad y mala fe, desatendiendo los requerimientos a los que sólo dio cumplimiento una vez interpuesta la demanda del consumidor. Por ello, ante la necesidad del cliente de acudir a la vía judicial para reclamar el incumplimiento del acuerdo extrajudicial, la entidad financiera deberá cubrir las costas que se generen, por la obligación del cliente de haber tenido que reclamar en el juzgado.
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