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Jurisprudencia

Condenadas dos mujeres por difamar a su cuñado acusándole de ser un agresor sexual

Las mujeres presentaron una denuncia falsa contra su familiar a raíz de un conflicto por la atribución y uso de una vivienda

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 5 min



Jurisprudencia

Condenadas dos mujeres por difamar a su cuñado acusándole de ser un agresor sexual

Las mujeres presentaron una denuncia falsa contra su familiar a raíz de un conflicto por la atribución y uso de una vivienda

(Imagen: E&J)



El Juzgado de lo Penal número 2 de Elche ha condenado a dos mujeres como autoras responsables de un delito de injurias y de un delito de denuncia falsa por denunciar falsamente a su cuñado por agresión sexual y decir a otros miembros de la familia que éste era un “violador” a raíz de una disputa por la atribución y uso de una vivienda.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Economist & Jurist (disponible en el botón ‘descargar resolución’) fue dictada el pasado 19 de septiembre y en el fallo judicial el magistrado-titular del Juzgado concluye que las acusadas cometieron un grave quebranto de la dignidad y el honor de su cuñado al haber presentado una denuncia falsa contra él y haberle difamado tildando al mismo de ser un “violador” ante familiares comunes, como fue ante el propio hijo de la víctima.



Además de las multas económicas impuestas a las dos acusadas por los delitos cometidos, que superan los 3.500 euros, ambas mujeres deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a la víctima con la cantidad de 3.000 euros.

La abogada que ha ganado el caso y que ha actuado en defensa del perjudicado, Rafaela Escudero, declara a este medio que las difamaciones hacia su cliente comenzaron a raíz de un conflicto familiar por la distribución y uso de una vivienda familiar: “Le denunciaron falsamente por un delito muy grave. Había una vivienda familiar que era propiedad de la madre de las acusadas y de la pareja de mi cliente. Dicha vivienda se encontraba vacía pendiente de hacer la adjudicación de la herencia, pero estas señoras decidieron pegar una patada a la puerta y meterse dentro de la vivienda, haciendo un uso exclusivo de la casa; y como mi cliente fue quien les dijo que eso no podían hacerlo es cuando se inició el conflicto contra él”.



Rafaela Escudero, abogada de la víctima: «Las denuncias falsas contra hombres por agresión sexual existen». (Imagen: Cesión propia)



Difamaron al hombre ante familiares comunes y presentaron una denuncia falsa

Los hechos enjuiciados parten de la actuación llevada a cabo por las dos acusadas, que de común acuerdo y movidas por las diferencias familiares en torno al uso de una vivienda y con intención de perjudicar el honor y la imagen pública de su cuñado, entre octubre de 2020 y abril de 2021 dirigieron afirmaciones a terceras personas (en concreto, a familiares comunes, como fueron una tía y un hermano de éstas y al propio hijo de la víctima) acusando a su cuñado de haber abusado de ellas sexualmente y llamándole “violador”.

En abril de 2021 las acusadas se personaron en la Comisaría de Policía Nacional de Elche e interpusieron una denuncia contra su cuñado, manifestando a los agentes, a sabiendas de su falsedad, que el hombre les había tocado sin su consentimiento partes íntimas del cuerpo, que les había ofrecido dinero a cambio de sexo y que les había enseñado vídeos y fotografías de pornografía infantil, entre otras acusaciones.

La denuncia determinó la incoación de diligencias previas en el Juzgado de Instrucción número 4 de Elche y, tras la testificación del acusado y de las denunciantes, el procedimiento terminó con auto de sobreseimiento tras apreciar la magistrada instructora elementos indiciarios de falsedad en las imputaciones ya que el relato de las mujeres “no se sostiene mínimamente, resultando poco creíble y nada verosímil”.

Asimismo, la magistrada puso de manifiesto en el auto que “las tensiones familiares existentes respecto de la titularidad y uso de la vivienda familiar” coincidía con la presentación de la denuncia, casualmente de forma inmediata a la presentación por parte del actor de una denuncia en relación a la referida vivienda.

(Imagen: E&J)

La víctima presentó acciones legales contra sus cuñadas

La abogada Rafaela Escudero aclara que tras ese auto de procedimiento su cliente en principio había decidido “no hacer nada”, es decir, no tenía previsto interponer acciones legales contra sus cuñadas, sin embargo, “las mujeres comenzaron a llamar a familiares, amigos y vecinos de mi cliente, mandando audios por WhatsApp a los familiares diciendo que era un violador. Ante esa tesitura mi cliente decidió tomar acciones”.

Para interponer la acción penal (la denuncia) con carácter previo tuvieron que acudir un acto de conciliación previo —un requisito de procedibilidad exigible para entablar una acción penal entre articulares para que el juzgado admita la denuncia—, que acabó sin avenencia y, entonces ya se presentó la denuncia contra estas mujeres por un delito de injurias, calumnias y denuncia falsa.

La demanda ha sido estimada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Elche (Alicante), cuyo magistrado-juez titular ha considerados acreditados los elementos objetivos y subjetivos de los delitos de denuncia falsa (artículo 456.1. 2º del Código Penal) y de calumnia (artículos 205 y 74 del Código Penal) por parte de las acusadas.

En consecuencia, las acusadas han sido condenadas como autoras responsables de tales delitos a una multa de 2.400 euros —por el delito de denuncia falsa— y a una multa de 1.200 euros —por el delito continuado de calumnias—; asimismo, se les ha prohibido comunicarse con su cuñado y aproximarse a menos de 300 metros a éste, a su domicilio, lugar de trabajo u otros lugares que frecuente, por un periodo de tres años.

Y, en concepto de responsabilidad civil, las mujeres deberán indemnizar a su cuñado, de forma conjunta y solidaria, con la cantidad de 3.000 euros.

(Imagen: E&J)

Las acusadas han quebrantado gravemente el honor y dignidad de su cuñado

El juez ha razonado que, en base a las declaraciones del perjudicado y de los testigos y las valoraciones recogidas en el auto de sobreseimiento, “incluyendo que la perjudicada vaya alegando nuevos hechos de forma que paree que se le van ocurriendo según los cuenta”, afirma el juez—, así como por la coincidencia temporal de la presentación de la denuncia contra su cuñado con las discrepancias por la vivienda, el Juzgado ha dictaminado que “se puede concluir la existencia de un delito de denuncia falsa, así como el de calumnias”.

La sentencia razona que, debido a la falsa denuncia presentada contra la víctima por la que se incoaron diligencias previas y tuvo que declarar como investigado, se ha provocado un grave quebranto en el honor y dignidad del actor, con el temor además de ser condenado por un hecho que no cometió.

“Se considera, en relación al delito de calumnias, que el atentado al honor del perjudicado resulta grave, considerando que se le hace responsable de falsas agresiones sexuales, y en el entorno íntimo y familiar, realizándose tales manifestaciones nada menos que al hijo del perjudicado, al hermano de su mujer y a una tía de las acusadas, también cercana”, señala la sentencia.

Además de que esas manifestaciones falsas que se han realizado de forma reiterada ante diversos familiares han sido hechas con la finalidad de menoscabar la fama del denunciante, en un intento de generar intimidación ante la «pugna” interna de la familia por hacerse con la atribución de una vivienda.

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