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Jurisprudencia

Cuatro años de cárcel para un hombre que vendió como vivienda un trastero que carecía de licencia de habitabilidad

El estafador deberá devolver a la compradora el dinero invertido e indemnizarla con 15.000 euros

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 5 min



Jurisprudencia

Cuatro años de cárcel para un hombre que vendió como vivienda un trastero que carecía de licencia de habitabilidad

El estafador deberá devolver a la compradora el dinero invertido e indemnizarla con 15.000 euros

(Imagen: E&J)



El Tribunal Supremo ratifica la condena de cuatro años de prisión a un hombre que vendió un trastero reformado como una vivienda, a sabiendas de que el mismo carecía de licencia de habitabilidad.

La Sala de lo Penal ha confirmado que el acusado llevó a cabo una operación mercantil “viciada y engañosa” al ofrecer como vivienda-estudio un local que no era habitable, por el que la compradora, creyendo que la mención como trastero “era una cuestión menor, habitual y subsanable”, abonó un total de 57.250 euros y concertó un préstamo hipotecario que finalmente no pudo hacer frente.



La sentencia dictada por el Alto Tribunal (disponible en botón ‘descargar resolución’), además de condenar al vendedor como autor de un delito de estafa a la pena de cuatro años de prisión, también le obliga a devolver a la víctima las cantidades abonadas y a indemnizarla con 15.000 euros por los daños morales causados.



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