Condenado un alcalde a indemnizar con 10.000 euros al arquitecto municipal por acusarle de corrupto
El Supremo ratifica que se vulneró el derecho al honor del trabajador por decir que cobraba indebidamente por tramitar licencias
(Imagen: E&J)
Condenado un alcalde a indemnizar con 10.000 euros al arquitecto municipal por acusarle de corrupto
El Supremo ratifica que se vulneró el derecho al honor del trabajador por decir que cobraba indebidamente por tramitar licencias
(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo ratifica la condena al alcalde de Agolada (Pontevedra) por vulnerar el derecho al honor del arquitecto técnico del Ayuntamiento, a quien acuso de cohecho, absentismo e incumplimiento laboral hasta en tres ocasiones.
La Sala de lo Civil confirma que el alcalde de la localidad deberá indemnizar con 10.000 euros al trabajador del Ayuntamiento, ya que las imputaciones que realizó de él, dos veces lo hizo en actos públicos ante una pluralidad de personas y la tercera ocasión en una radio local, tenían un alto contenido ofensivo y denigrante para la reputación del arquitecto, así como una potencialidad lesiva para su prestigio profesional.
En el presente caso, en el juicio de ponderación entre el derecho al honor y el derecho a la libertad de expresión, ha de prevalecer el primero sobre el segundo, ya que “la comunicación de meros rumores no se encuentra amparada por el derecho a la información”.
Asimismo, la sentencia dictada por el Alto Tribunal también señala que, en el debate político y en el contexto local, “también debe respetarse el derecho al honor”.
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