Condenados a abandonar la vivienda que habitaban para dividir la herencia
La Audiencia Provincial de León considera que la situación precaria de un coheredero no justifica quedarse con la vivienda en exclusiva, ya que son circunstancias personales
(Foto: E&J)
Condenados a abandonar la vivienda que habitaban para dividir la herencia
La Audiencia Provincial de León considera que la situación precaria de un coheredero no justifica quedarse con la vivienda en exclusiva, ya que son circunstancias personales
(Foto: E&J)
La Audiencia Provincial (AP) de León falla que la situación económica precaria de los coherederos que habitan la vivienda no es motivo para no abandonar el inmueble. La sentencia dictada por el tribunal considera que dicha situación se trata de una circunstancia personal que no puede servir como causa para evitar las consecuencias de la división de la herencia, ni para impedir el desahucio por precario.
Pues, la posesión en exclusiva o excluyente del bien hereditario, en este caso una vivienda, por parte de un solo coheredero, comporta una extralimitación de su derecho de coposesión carente, “por tanto, de una necesaria cobertura formal de derecho; con lo que se viene a subrayar, en realidad, la naturaleza de perjuicio o daño injustificado que produce dicha posesión para el resto de los coherederos que forman la comunidad hereditaria”, fallan los magistrados.
Cabe recordar que, la comunidad hereditaria, tras la aceptación y antes de la participación, implica que cada coheredero tiene derecho al conjunto que integra el contenido de la herencia, pero no sobre los bienes hereditarios concretos.
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