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Jurisprudencia

Debe ser declarada en los aeropuertos de la UE cualquier cantidad de efectivo superior a 10000 euros

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Jurisprudencia

Debe ser declarada en los aeropuertos de la UE cualquier cantidad de efectivo superior a 10000 euros



Para luchar contra el blanqueo de capitales es obligatorio declarar cualquier importe superior a 10000 en los aeropuertos de la UE

En una reciente sentencia, se determina que para luchar contra el blanqueo de capitales es obligatorio declarar cualquier importe superior a 10000 en los aeropuertos de la UE.



El TJUE ha concluido que la obligación de declarar cualquier importe en efectivo superior a 10.000 euros se aplica en las zonas internacionales de tránsito de los aeropuertos situados en el territorio de los Estados miembros de la Unión Europea, por lo que también una persona que viaja de un Estado no perteneciente a la UE a otro Estado no perteneciente a la UE que se encuentra en tránsito en un aeropuerto situado en territorio de la Unión está sometida a esta obligación de declaración mientras esté en tránsito.



Se señala que el concepto de entrada en la Unión designa el desplazamiento de una persona física de un lugar que no forma parte del territorio de la Unión a un lugar que forma parte de él, y los aeropuertos de los Estados miembros forman parte del territorio de la Unión.

En consecuencia, debe considerarse que ha entrado en la Unión y está sometida a la obligación de declaración ya que el Reglamento no excluye la aplicabilidad en esa situación con el objeto disuadir y evitar la introducción en el sistema financiero de dinero ilícito y la inversión de dicho dinero tras su blanqueo.



 

Puede leer el texto completo de la sentencia en www.casosreales.com Marginal 70380243

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