Denegada la nacionalidad española por «no estar integrado en la sociedad»
Denegada la nacionalidad española por «no estar integrado en la sociedad»
Tribunal Supremo. Contencioso – Administrativo. 15/06/2015
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia desestimatoria de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Tercera, sobre impugnación de resolución denegatoria de solicitud de concesión de la nacionalidad española.
La Sala declara que no hay un solo dato en el expediente que permita apreciar términos de comparación adecuados para observar la infracción del principio de igualdad, y que la ausencia de datos también es patente para poder estimar la falta de objetividad y la existencia de trato discriminatorio.
Indicar para finalizar que no se cuestiona en la sentencia recurrida, tampoco en la resolución administrativa, el derecho a la libertad ideológica del recurrente o sus derechos a la libertad de expresión y asociación, y sí su integración en la sociedad, requisito indispensable para la concesión de la nacionalidad.
Puede leer el texto completo de la sentencia en www.ksp.es Marginal: 69344403