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Derecho Penal

Diez años y seis meses de prisión para el joven que retransmitió en una red social el secuestró y agresión a un hombre

El acusado sometió violentamente a la víctima para robarle y se regodeó de la situación retransmitiendo en directo la agresión

(Foto: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min



Derecho Penal

Diez años y seis meses de prisión para el joven que retransmitió en una red social el secuestró y agresión a un hombre

El acusado sometió violentamente a la víctima para robarle y se regodeó de la situación retransmitiendo en directo la agresión

(Foto: E&J)



La Audiencia Provincial de Castellón condena a 10 años y seis meses de cárcel al joven de 18 años que secuestró, agredió y robó a un hombre en Benicarló. El sentencia falla condenándole como autor de un delito de detención ilegal, por el delito de lesiones, por el delito contra la integridad moral de la víctima, así como por el delito de daños, y también como autor de un delito de robo violento.

Los hechos por los que ha sido condenado tuvieron lugar el 19 de diciembre de 2020, cuando la víctima al volver a su domicilio sobre las 23.00 horas observó que tres jóvenes, el acusado que es mayor de edad, y otros dos menores, ya juzgados en la jurisdicción de menores, estaban sentados en el portal de la vecina de enfrente. En el momento que el hombre abría la puerta de su vivienda los tres condenados le abordaron con el señuelo de pedirle un cigarro, colándose en el interior de la casa sin que le diera tiempo a la víctima a impedírselo.



Una vez dentro cerraron la puerta y tras maniatarle al reposabrazos de una silla donde lo sentaron con cinta americana, empezaron a revolver toda la vivienda cogiendo lo que les parecía. En el trascurso de su acción, causaron daños al inmueble donde sucedieron los hechos que han sido valorados en 1616,20 euros.



Cuando los jóvenes encontraron una cartilla bancaria de la víctima comenzaron a amenazarle y a exigirle que les acompañase al banco a extraer dinero, y, como se resistiera, comenzaron a agredirle, sirviéndose a tal efecto del brazo mecánico de una batidora industrial de hierro, de una llave inglesa, un tubo metálico y de palos de madera, golpeándole en todas las partes del cuerpo, en particular cabeza, tórax, extremidades y espalda, situación que se prolongó durante buena parte de esa madrugada.

Sobre las 04.00 horas del día 20 de diciembre, los agresores comenzaron a retransmitir en directo a través de uno de sus perfiles en una red social como agredían a una persona utilizando una llave inglesa y una batidora de pintura. Las imágenes fueron visionadas por unos jóvenes que entraron en dicha aplicación observado lo que estaba pasando y dando cuenta de ello a la Guardia Civil.



Los agentes montaron un operativo que culminó sobre las 16.00 horas de ese día cuando, tras haber localizado la vivienda donde se podrían estar produciendo los hechos, mientras el acusado permanecía en el interior del domicilio, los otros dos menores salían del mismo en compañía de Mauricio para ir a al cajero de una entidad bancaria a fin de extraer dinero de la cuenta de éste, quién, a la vista de lo sucedido durante aquella madrugada, había accedido finalmente a lo que se le exigía, procediéndose en aquel momento a la detención de los tres.

Como resultado de los golpes que propinaron a la víctima, el hombre tuvo que ser atendido medicamente y someterse a tratamiento quirúrgico, farmacológico y rehabilitación, precisando de cuatro días de hospitalización y ciento veinte días de incapacidad por pérdida temporal de calidad de vida de tipo moderado, quedándole como secuelas un trastorno por estrés postraumático, una limitación funcional de la articulación del primer dedo de la mano derecha y fractura costal con neuralgia esporádica, así como cicatrices por la cara.

(Foto: E&J)

Retransmitieron en redes sociales como agredían a la víctima

La Audiencia Provincial ha declarado que los hechos probados son legalmente constitutivos de diversos delitos tipificados en el Código Penal.

Por el delito de robo con violencia, el acusado ha sido condenado a la pena de seis meses de prisión. “En el caso que nos ocupa es indiscutible y a la vez lamentable, el exceso violento a que sometieron a su víctima para intentar que les diera la cartilla con la que ir al banco a sacar dinero”, razonan los magistrados en la sentencia.

Por el delito de detención ilegal del art. 163.1 del CP, ha sido condenado a la pena de cuatro años de prisión. Además, la Sala ha afirmado que “por más que el acusado y sus compinches tuviera intención de robar, la privación de libertad a la víctima se extendió desde las 23 horas del día 19 a las 16 del siguiente día 20 en que fueron detenidos, de modo que no solo se produjo un manifiesto exceso en el tiempo necesario para llevar a cabo su propósito, apareciendo diáfano el interés del acusado por privar a la víctima de su libertad deambulatoria, sino que se regodearon de la situación trasmitiendo en directo su lamentable actitud”.

Asimismo, el acusado ha sido condenado por el delito de lesiones (art.150 del CP) a la pena de tres años y seis meses de prisión; por el delito contra al integridad moral (aart.173.1 CP) a la pena de seis meses de prisión; y por el delito de daños (art. 263.1 CP) a la pena de seis meses de multa a razón de una cuota diaria de 3 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas impagadas.

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