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Jurisprudencia

Dos años de cárcel para un mosso d’Esquadra que se extralimitó en el uso de la porra reglamentaria, agrediendo de forma ilegítima a un fotoperiodista

El Supremo ratifica que el agente actuó de manera desproporcionada y sin que existiera un riesgo concreto

(Imagen: RTVE)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado


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Jurisprudencia

Dos años de cárcel para un mosso d’Esquadra que se extralimitó en el uso de la porra reglamentaria, agrediendo de forma ilegítima a un fotoperiodista

El Supremo ratifica que el agente actuó de manera desproporcionada y sin que existiera un riesgo concreto

(Imagen: RTVE)



El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a dos años de prisión para un mosso d’Esquadra por hacer un uso indebido de la porra reglamentaria en el marco de una manifestación.

La Sala de lo Penal confirma que el agente que actuó de manera desproporcionada y sin que existiera un riesgo concreto para su integridad física o la seguridad ciudadana. Por lo que, en este caso, su actuación no puede ser amparada por la ley. En consecuencia, el Tribunal califica la porra como “un arma” y condena al policía como autor de un delito de lesiones agravadas con uso de instrumento peligroso.



La sentencia, disponible en el botón ‘descargar resolución’, juzga los hechos cometidos por este miembro del Cuerpo de policía Mossos d’Esquadra que durante una noche de disturbios de 2016 golpeó, hasta en dos ocasiones distintas, a un fotoperiodista que se encontraba cubriendo los disturbios de una manifestación.



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