El BBVA no puede justificar un despido usando los datos de la cuenta corriente de la empleada
La mayoría de los datos contenidos en la cuenta corriente, nada tienen que ver con el mantenimiento o cumplimiento del contrato de trabajo
(Foto: EFE)
El BBVA no puede justificar un despido usando los datos de la cuenta corriente de la empleada
La mayoría de los datos contenidos en la cuenta corriente, nada tienen que ver con el mantenimiento o cumplimiento del contrato de trabajo
(Foto: EFE)
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado que las entidades bancarias no pueden auxiliarse de los datos de la cuenta corriente de una empleada para configurar prueba de posibles incumplimientos laborales.
La sentencia, de 8 de marzo de 2022, evidencia que los datos bancarios fueron utilizados por el BBVA, sin autorización ni información previa de la trabajadora, para fines distintos de los que podrían derivarse de una legítima finalidad, anudada al contrato mercantil sobre cuenta corriente bancaria existente entre las partes.
Primera instancia: despido improcedente y prueba inválida
Después de 12 años trabajando para el BBVA, la trabajadora fue despedida disciplinariamente al entender que las irregularidades cometidas por ella constituían faltas muy graves de apropiación, transgresión de la buena fe contractual, abuso de confianza e infracción de las normas de la empresa.
No conforme con lo anterior, la empleada reaccionó mediante la oportuna demanda en la que postulaba, entre otros términos, la improcedencia del despido.
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