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Jurisprudencia

El informe de una asociación no prueba que un trabajador sufre acoso moral en su empresa

El trabajador alegaba que tras su reincorporación de la baja por paternidad, a pesar de que seguía figurando como encargado, la empresa le trataba como un empleado más

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min

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Jurisprudencia

El informe de una asociación no prueba que un trabajador sufre acoso moral en su empresa

El trabajador alegaba que tras su reincorporación de la baja por paternidad, a pesar de que seguía figurando como encargado, la empresa le trataba como un empleado más

(Imagen: E&J)



La Justicia se ve en la obligación de analizar caso por caso y las circunstancias de cada uno cada vez que un trabajador interpone una demanda por acoso moral, con el fin de diferenciar si realmente existe esa situación denunciada o simplemente se trata de una serie de discrepancias entre miembros de una misma empresa que acaba desencadenando en conflictos.

Hasta el momento la jurisprudencia fijada por los tribunales españoles establece que no puede considerarse que existe acoso moral en base a la mera existencia de discrepancias o situaciones de tensión. Y ahora, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha dictado sentencia concluyendo que, el hecho de que exista un informe elaborado por una asociación de víctimas de acoso no es suficiente para probar que el trabajador sufre acoso moral o mobbing en su empresa.



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