El salario cobrado en vacaciones debe incluir el plus de nocturnidad, domingos y festivos
El Tribunal Supremo señala que la retribución del periodo vacacional no puede ser diferente de la correspondiente a las otras mensualidades
(Imagen: E&J)
El salario cobrado en vacaciones debe incluir el plus de nocturnidad, domingos y festivos
El Tribunal Supremo señala que la retribución del periodo vacacional no puede ser diferente de la correspondiente a las otras mensualidades
(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo ha dictado que el salario que cobran los trabajadores en periodo vacacional debe incluir los pluses por nocturnidad, domingos y festivos, con el objetivo de que se refleje la retribución habitual del empleado.
El fallo emitido por la Sala de lo Contencioso, disponible en el botón ‘descargar resolución’, considera que la retribución durante las vacaciones no puede ser diferente a la que el trabajador viene cobrando durante los otros meses, pues si fuese así no se trataría de una remuneración íntegra.
El Alto Tribunal afirma aunque es cierto que el trabajador no está realizando su actividad porque está descansando, el hecho de no incluir esos pluses en el salario implicaría que el disfrute del periodo vacacional se vería penalizado económicamente.
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