El Supremo anula una sentencia porque no se escuchó al menor de 15 años opinar sobre su guarda y custodia
“La aplicación del límite del art. 394.3 LEC ha ocupado al TS en varios pronunciamientos de relevancia”. (Foto: David Castro/El Periódico)
El Supremo anula una sentencia porque no se escuchó al menor de 15 años opinar sobre su guarda y custodia
“La aplicación del límite del art. 394.3 LEC ha ocupado al TS en varios pronunciamientos de relevancia”. (Foto: David Castro/El Periódico)
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha anulado una sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza que “incongruentemente” no escuchó a un menor de 15 años, a pesar de estar ante un procedimiento que directamente le afectaba y de ser preceptiva su audiencia.
Llamativamente, la sentencia de apelación reconoció que resultaba obligatorio oír al menor para conocer cuál era su voluntad sobre su custodia, pero no lo acordó de oficio.
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