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Jurisprudencia

El Supremo confirma la condena de 2 años y 9 meses de prisión para un coronel que abusó sexualmente de una teniente

El acusado era jefe de la Farmacia Depósito de la Inspección General de Sanidad de la Defensa situada dentro del Hospital Militar Central de la Defensa ‘Gómez Ulla’

(Foto: Economist & Jurist)

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Jurisprudencia

El Supremo confirma la condena de 2 años y 9 meses de prisión para un coronel que abusó sexualmente de una teniente

El acusado era jefe de la Farmacia Depósito de la Inspección General de Sanidad de la Defensa situada dentro del Hospital Militar Central de la Defensa ‘Gómez Ulla’

(Foto: Economist & Jurist)



El Supremo (STS 26/10/2021) ha confirmado la condena a 2 años y 9 meses de cárcel para un coronel farmacéutico que, prevaliéndose de su situación de superioridad, abusó sexualmente de una teniente enfermero del Servicio de Urgencias del Hospital Militar Central de la Defensa (HMCD), ‘Gómez Ulla’.

Hechos probados

Los hechos ocurrieron en el año 2019. El coronel, al poco de hacerse cargo de su puesto, entabló con la teniente una relación de amistad y compañerismo. Dicha relación no tenía otras connotaciones ni había dado origen a equívocos. Sólo tres veces se encontraron el coronel y la teniente fuera de la Farmacia, pero en dependencias del HMCD. Nunca se vieron en el exterior de dichas instalaciones sanitarias militares.



Fachada del Tribunal Supremo (Foto: Economist & Jurist)



En uno de sus días libres, la teniente decidió pasarse por la Farmacia Depósito para adquirir unos productos. Allí se encontró con el coronel, quien le dijo que bajase al sótano para recogerlos. Fue en ese momento cuando él «puso su mano en las nalgas de ella y la besó en los labios» diciendo que la amaba. Ella, que en ningún momento había consentido, se desasió y le dijo que no quería nada con él, recordándole que tenía familia.

La teniente se marchó de allí visiblemente afectada. Ya en el pasillo, el coronel le pidió que fuera a su despacho, pues quería darle un perfume. Ella pensó que lo que pretendía su superior era pedirle disculpas, pero una vez dentro, el coronel «volvió a asirla, la besó otra vez en la boca y tocó los genitales de ella, por encima de la ropa». La teniente abandonó el lugar y después de contarle lo sucedido a varios compañeros se decidió a denunciar cinco días después.



Condena del Tribunal Militar Central y recurso de casación

El Tribunal Militar Central conoce de los hechos y le impone al coronel la citada pena de prisión, con las accesorias de inhabilitación de suspensión militar de empleo y de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, ambas por el tiempo de duración de la prisión, además del pago de una indemnización de 5000 euros por el daño moral causado a la mujer. 

Se le considera autor de un delito consumado de abuso de autoridad, previsto y penado en el artículo 47 del Código Penal Militar (CPM), en su modalidad de realizar sobre un subordinado actos de abuso sexual, y de un delito consumado de abuso sexual sin acceso carnal, previsto y penado en el artículo 181.1 del CP.

Ambos delitos se encuentran en concurso ideal, que se da cuando un solo hecho lesiona dos o más bienes jurídicos protegidos, en este caso, la disciplina y la libertad o indemnidad sexual de la víctima.

«Dice que no se trató de un abuso, sino de un beso normal y consentido» (Foto: Economist & Jurist»

El acusado interpone recurso de casación. Considera que se ha vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.

El coronel confirma la primera parte del relato de la teniente, pero dice que no se trató de un abuso, sino de un beso normal y consentido. Sobre lo sucedido en su despacho, lo niega completamente, señalando que ella nunca llegó a entrar allí y que abandonó el Hospital contenta, no alterada como ella sostuvo.

Existen pruebas que confirman el relato de la teniente, por ejemplo, el testimonio de los compañeros a los que la víctima comentó lo sucedido y unos mensajes de WhatsApp en los que el coronel se dirige a la teniente para pedirle perdón: ¿por qué habría de realizarlo si se hubiera tratado sólo de un beso recíproco y se hubieran separado en buenos términos?

Añade el Tribunal que no existe ningún motivo que pudiera impulsar a la mujer a faltar a la verdad para perjudicar al coronel. Ambos eran amigos con una buena relación y ella no ganaba nada con una denuncia inveraz.

Además, el relato del coronel no se sostiene. La actitud de inquietud de la teniente tras los hechos es confirmada por cuatro personas, a las que ella refiere los abusos inmediatamente después de suceder.

Por ello, el Alto Tribunal desestima el recurso de casación planteado por el condenado y confirma la condena.

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