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Jurisprudencia

El Supremo confirma que los autónomos podrán deducirse las comidas de trabajo con clientes

En contra del criterio que venía marcando la Agencia Tributaria, el Alto Tribunal ha declarado que los autónomos podrán deducirse los gastos de las comidas, cenas o incluso regalos a clientes o proveedores

(Foto: Pixabay)

Carlos Pascual Menén

Asesor fiscal en Escura.




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

El Supremo confirma que los autónomos podrán deducirse las comidas de trabajo con clientes

En contra del criterio que venía marcando la Agencia Tributaria, el Alto Tribunal ha declarado que los autónomos podrán deducirse los gastos de las comidas, cenas o incluso regalos a clientes o proveedores

(Foto: Pixabay)



El Tribunal Supremo ha sentado jurisprudencia con la sentencia 458/2021, sobre uno de los gastos más controvertidos de deducir para los trabajadores por cuenta propia. La autoridad judicial se posicionó así en contra del criterio de Hacienda, que, como norma general, rechaza cualquier deducción que no esté directamente relacionada con el negocio y exige una estricta justificación del gasto. No obstante, a raíz del fallo del Supremo, los autónomos ya tienen derecho a deducirse cualquier gasto derivado de comidas, cenas o incluso regalos, a clientes o proveedores sin necesidad de que esa acción de atención tenga que derivar en un ingreso para el negocio justificado.

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