El Supremo deniega a una madre soltera ampliar la prestación para cuidar a su hijo con las semanas que le hubieran correspondido al otro progenitor
El Tribunal falla que no reconocer esa ampliación no vulnera ningún derecho del menor de la familia monoparental a ser cuidado en condiciones de igualdad con respecto a la biparental
(Imagen: E&J)
El Supremo deniega a una madre soltera ampliar la prestación para cuidar a su hijo con las semanas que le hubieran correspondido al otro progenitor
El Tribunal falla que no reconocer esa ampliación no vulnera ningún derecho del menor de la familia monoparental a ser cuidado en condiciones de igualdad con respecto a la biparental
(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo recuerda en una reciente sentencia que no es una exigencia normativa reconocer al único progenitor de una familia monoparental la prestación por nacimiento y cuidado de menor que le hubiera correspondido al otro progenitor, pues ya le ha sido reconocida la suya propia.
Este fallo judicial (disponible en el botón ‘descargar resolución’) llega a raíz de que una madre soltera interpusiera una demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con el objetivo de que la Justicia le reconociera como beneficiaria de una ampliación adicional del periodo de prestación por nacimiento y cuidado del menor, un tiempo que le hubiera correspondiendo al otro progenitor, ello en aras a garantizar al hijo el mismo cuidado que recibiría de haber nacido en una familia biparental.
Sin embargo, la Sala de lo Social le ha recordado que «no existe una supuesta vulneración de un teórico derecho del menor de las familias monoparentales a ser cuidado en condiciones de igualdad con respecto a las biparentales«.
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