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Jurisprudencia

El Supremo deniega indemnizar a un funcionario interino pese al abuso de temporalidad

El Alto Tribunal reitera doctrina al no otorgar indemnizaciones con una finalidad sancionadora, al margen de daños efectivos e identificados, en base a la Ley de responsabilidad patrimonial de la Administración

Vista general del edificio del Tribunal Supremo. (Foto: Europa Press/Eduardo Parra)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

El Supremo deniega indemnizar a un funcionario interino pese al abuso de temporalidad

El Alto Tribunal reitera doctrina al no otorgar indemnizaciones con una finalidad sancionadora, al margen de daños efectivos e identificados, en base a la Ley de responsabilidad patrimonial de la Administración

Vista general del edificio del Tribunal Supremo. (Foto: Europa Press/Eduardo Parra)



El Tribunal Supremo ha denegado la indemnización a una funcionaria interina a pesar de quedar demostrado el abuso de temporalidad de su contrato como policía local. La sentencia emitida reitera la doctrina ya fijada por esta Sala de que, el hecho de que haya habido una situación objetivamente abusiva no implica que un funcionario interino luego cesado haya sufrido un daño efectivo e identificado. Por tanto, no es posible reconocer un derecho a indemnización por esa sola circunstancia.

El derecho a esa indemnización es algo que el ordenamiento jurídico español y, más en concreto, la regulación de la responsabilidad patrimonial de la Administración no lo permite ya que se persigue con ella una finalidad sancionadora.



Por otro lado, el Alto Tribunal ha aclarado que lo que sí que se puede reclamar es una indemnización por daños materiales o morales a raíz de una disminución patrimonial o una pérdida de oportunidad que el empleado público interino no tuviera el deber jurídico de soportar. Pero para ello, se debe presentar una reclamación por daños efectivos e identificados con arreglo a las normas generales en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración, acreditando tales daños.

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