El Supremo recuerda la necesidad de transparencia e información del consumidor de los contratos firmados con la entidad bancaria
(Imagen: E&J)
El Supremo recuerda la necesidad de transparencia e información del consumidor de los contratos firmados con la entidad bancaria
(Imagen: E&J)
Toda entidad bancaria debe cumplir con su obligación de transparencia e información al cliente que va a suscribir algún contrato como hipotecas o plan de pensiones, como en este caso. El caso descrito desarrolla el conflicto entre las demandantes, en calidad de herederas del plan de pensiones de quienes firmaron ese contrato con la entidad, y la entidad bancaria, quien considera que no deben percibir las rentas.
En el plan de pensiones, el contratante tenía unas especificaciones como los derechos del beneficiario en consonancia con lo dispuesto en el Reglamento de planes y fondos de pensiones pero no hacía una distinción de las posibilidades que surgen cuando se ha producido el fallecimiento -y por tanto cuándo hay beneficiarios-. Así, la entidad debe informar sobre los derechos, gastos y penalizaciones conforme al deber de transparencia.
La Sala considera que los consumidores medios sin conocimientos sobre planes de pensiones deben estar bien informados: «sin una explicación e información adecuada no es fácil deducir que se va a concertar un seguro de vida de modo que se requiere la supervivencia del asegurado durante el plazo de quince años para que no se extinga el derecho al cobro de la renta».
Puede leer el texto completo de la sentencia www.globaleconomistjurist.com Marginal: 70868530