El Supremo rechaza sancionar a un juez que se negó a abrir una instrucción
La actividad inspectora del CGPJ no puede juzgar ni revisar cómo un magistrado ha decidido resolver un caso
(Imagen: Poder Judicial)
El Supremo rechaza sancionar a un juez que se negó a abrir una instrucción
La actividad inspectora del CGPJ no puede juzgar ni revisar cómo un magistrado ha decidido resolver un caso
(Imagen: Poder Judicial)
El Tribunal Supremo avala la decisión tomada por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de negarse a abrir un procedimiento sancionador contra un juez de Sevilla que decidió no atender una solicitud sobre diligencias a practicar en un procedimiento penal.
La Sala de lo Contencioso recuerda en la sentencia, disponible en el botón ‘descargar resolución’, que por razones constitucionales, el Consejo General del Poder Judicial no tiene la autoridad para intervenir en las decisiones judiciales que un juez haya tomado en el ejercicio legítimo de sus funciones.
Es decir, que el órgano de gobierno de los jueces no puede juzgar ni revisar cómo un juez ha decidido un caso, porque eso pertenece al ámbito jurisdiccional; y el ámbito de competencia del CGPJ es disciplinario, por lo que únicamente puede supervisar y sancionar la conducta de los jueces y magistrados cuando es relativa a su comportamiento administrativo o estatuario.
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