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Jurisprudencia

El TSJ del País Vasco sigue la doctrina del TJUE y convierte en fijo a un trabajador laboral de la Universidad (UPV-EHU)

El fallo refleja el debate abierto entre el derecho europeo frente a la normativa nacional en cuanto al acceso al empleo público

Fallo contundente de la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco que sigue al TJUE y otorga fijeza a un trabajador de la Universidad. (Imagen: Poder Judicial)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 8 min

Publicado




Jurisprudencia

El TSJ del País Vasco sigue la doctrina del TJUE y convierte en fijo a un trabajador laboral de la Universidad (UPV-EHU)

El fallo refleja el debate abierto entre el derecho europeo frente a la normativa nacional en cuanto al acceso al empleo público

Fallo contundente de la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco que sigue al TJUE y otorga fijeza a un trabajador de la Universidad. (Imagen: Poder Judicial)



En una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (res. 1009/2024, de 23 de abril), firmada por Juan Carlos Iturri, presidente en funciones, y los magistrados Florentino Eguarás y Maite Alejandro, rechaza el recurso de casación de la Universidad del País Vasco (UPV-EHU) contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao que declaraba la fijeza de un trabajador.

En los hechos probados queda claro que este trabajador superó un proceso selectivo y que prestó servicios entre 2006 y 2009 con un contrato laboral de sustitución. Con posterioridad aprobó la OPE del 2018 en Turno Libre de Técnico Especialista. Sin embargo, la UPV-EHU señala en su recurso ante el TSJ que esa relación era indefinida y su puesto de indefinido no fijo.



Para el Tribunal este asunto que resuelve, y en el que no admite el recurso de la entidad universitaria, es similar al que resolvieron el 3 de mayo del 2022 (263/2022) que aprobó dicha oposición pero que no tuvo plaza por haber menos que los aprobados. En este caso la relación labora interina arranca del 2006 y suscribe un último contrato de interinidad por vacante del 2009.

Este es el primer fallo que se conoce tras la resolución de las cuestiones prejudiciales por el TSJ de Madrid, donde una pequeña mayoría de nueve magistrados era partidarios de mantener la categoría de indefinida no fija y pedirle a la Inspección mayor capacidad sancionadora y una reforma legislativa al Gobierno. Como explicó Economist & Jurist, en un reportaje, los inspectores de Trabajo no están habilitado para hace ese trabajo.



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