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Jurisprudencia

Es abusivo y nulo el suplemento de 50 € que Ryanair cobra por el equipaje de mano

Según el Juzgado, la maleta que llevaban los pasajeros “podía ser perfectamente transportada en cabina”

Mostradores de Ryanair en el aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas. (Foto: Fernando Villar/EFE)

Tiempo de lectura: 4 min



Jurisprudencia

Es abusivo y nulo el suplemento de 50 € que Ryanair cobra por el equipaje de mano

Según el Juzgado, la maleta que llevaban los pasajeros “podía ser perfectamente transportada en cabina”

Mostradores de Ryanair en el aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas. (Foto: Fernando Villar/EFE)



El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid ha condenado a Ryanair a devolver el suplemento de 50 euros cobrado a unos pasajeros que fueron obligados a facturar una maleta que, por dimensiones y peso, “podía ser perfectamente transportada en cabina”.

La sentencia, de 17 de junio de 2022, tilda de abusiva la tarifa aplicada al equipaje de mano “al cercenar los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley”.



El caso

La pareja de pasajeros afectados contrató con Ryanair dos billetes de avión para viajar el pasado 17 de enero de 2020 desde Madrid hasta París.

La tarifa priority permite a los usuarios llevar consigo en cabina dos bultos, uno de pequeñas dimensiones (40x20x25 centímetros) y otro, consistente en una maleta adicional de dimensiones superiores (55x40x20 cm) y un peso máximo de 10 kilogramos.

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