Es discriminatorio entregar ropa de trabajo solo a los trabajadores indefinidos, mientras que a los temporales no
Aunque no sea obligatorio llevar el uniforme, no entregar el mismo a todos los empleados es una discriminación de trato
(Imagen: E&J)
Es discriminatorio entregar ropa de trabajo solo a los trabajadores indefinidos, mientras que a los temporales no
Aunque no sea obligatorio llevar el uniforme, no entregar el mismo a todos los empleados es una discriminación de trato
(Imagen: E&J)
La Audiencia Nacional ha dictaminado que entregar el uniforme de trabajo solo a los trabajadores fijos e indefinidos y no a los trabajadores temporales, sin justificación objetivo alguna, es una práctica empresarial discriminatoria.
Así ha fallado la Sala de lo Social en una sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) en la que aclara que, independientemente de que sea obligatorio o no llevar la ropa de trabajo, el hecho de no facilitar de forma gratuita el mismo uniforme a todos los empleados supone una discriminación de trato no justificada.
Este fallo judicial llega a raíz de que los trabajadores temporales de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos tuvieran un acceso más limitado a las prendas de ropa que emplean para realizar su prestación de servicios que son proporcionadas por la empresa, respecto de las que son proporcionadas a los trabajadores con contrato de duración indefinida.
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